Los vehículos que ingresen por las vías nacionales estarán exentos de la medida por un lapso de tres horas después de expedido el tiquete del peaje.
Particulares
No pueden circular los vehículos con placas terminadas en:
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Lunes: 5 y 6
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Martes: 7 y 8
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Miércoles: 9 y 0
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Jueves: 1 y 2
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Viernes: 3 y 4
La restricción es de 7:00 a.m. a 10:00 a.m. y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m.
Taxis
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La restricción aplica para taxis de 6:00 a.m. a 6:00 a.m. del siguiente día con placa terminada en:
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Lunes: 5 y 6
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Martes: 7 y 8
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Miércoles: 9 y 0
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Jueves: 1 y 2
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Viernes: 3 y 4
Motos
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Lunes: 2 - 4 - 6 - 8 - 0
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Martes: 1 – 3 – 5 – 7 – 9
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Miércoles: 2 - 4 - 6 - 8 - 0
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Jueves: 1 – 3 – 5 – 7 – 9
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Viernes: 2 - 4 - 6 - 8 - 0
La medida rige durante todo el día. Asimismo, se restringe la movilización de motocicletas entre 11:00 p.m. y 5:00 a. m.
Exenciones
De estas medidas se excluye a miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, personal de entidades estatales, de organismos de socorro, escoltas, personal de seguridad privada, empresas de mensajería y mensajeros vinculados por contratos de trabajo, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones y porten carné original.
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