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La ciudad de Medellín y los nueve municipios circundantes del Valle de Aburrá, incluyendo Bello, Itagüí, Envigado, Sabaneta, La Estrella, Caldas, Copacabana, Girardota y Barbosa, mantendrán el esquema de restricción vehicular conocido como Pico y Placa durante la semana que comprende del lunes 6 al viernes 10 de octubre de 2025. Esta estrategia, implementada para gestionar el tráfico y mitigar la congestión urbana, aplica de manera continua desde las 5:00 a. m. hasta las 8:00 p. m.
El esquema de rotación actual se encuentra vigente desde el lunes 4 de agosto de 2025, establecido para el segundo semestre del año mediante sorteo. Dado que el patrón es fijo, el cronograma semanal para vehículos particulares y motocicletas se replicará de la siguiente manera:
La aplicación de la medida difiere según el tipo de automotor. Para los carros particulares, la restricción se determina por el último número de la placa. En el caso de las motocicletas de 2 y 4 tiempos, incluyendo mototriciclos, tricimotos y ciclomotores, la restricción se aplica al primer dígito de la placa. Es fundamental recordar que la restricción rige únicamente de lunes a viernes y no aplica durante los fines de semana ni días festivos.
El Pico y Placa opera de forma uniforme en Medellín y los municipios del Valle de Aburrá, con algunas excepciones viales importantes dentro de la jurisdicción de Medellín, diseñadas para facilitar la conexión regional.
Entre las vías exentas en Medellín se destacan el Sistema Vial del Río (compuesto por la Autopista Sur, la Avenida Regional y la Avenida Paralela), la totalidad de la Avenida Las Palmas, la Avenida 33 en el tramo que conecta el río hasta Las Palmas, y la vía La Iguaná. Además, la medida no tiene aplicación en ninguno de los corregimientos de Medellín. No obstante, los conductores deben prestar especial atención, ya que en municipios vecinos como Bello e Itagüí, ciertos segmentos de estas vías troncales (como la Autopista Norte, Avenida Regional y Autopista Sur) sí pueden estar sujetos a la restricción, debido a decisiones locales autónomas de esas administraciones.
El objetivo principal de esta medida, determinada a través de un modelo técnico, es distribuir equitativamente las restricciones y promover la movilidad sostenible. Para lograr esto, se han definido excepciones específicas.
Están exentos de la medida aquellos vehículos que buscan reducir el impacto ambiental, incluyendo los de combustible eléctrico, híbrido y aquellos convertidos a Gas Natural Comprimido. Estos vehículos no requieren una solicitud de inscripción previa, siempre y cuando el uso de dicho combustible esté debidamente registrado en la licencia de tránsito.
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En cuanto a las motocicletas, aquellas dedicadas a servicios de mensajería o entrega de domicilios también pueden estar exentas. Sin embargo, a diferencia de los vehículos de bajas emisiones, estas deben haber completado una solicitud de inscripción previa y acreditar la documentación laboral pertinente.
El incumplimiento de la norma, cuya fase sancionatoria se mantiene vigente desde el 11 de agosto de 2025, conlleva una sanción económica significativa. La multa equivale a 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV), lo que se traduce en $711.750 pesos en 2025, además de la inmovilización del vehículo infractor.
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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