Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Push Noticias Caracol
Reciba nuestras notificaciones con lo último de:
Ahora no
Activar

Publicidad

Policía no podrá decomisar dosis mínima ni multar a quienes la porten o consuman

Así lo señaló un fallo del Consejo de Estado, con lo que sufrió un revés el decreto emitido hace dos años por el presidente Iván Duque.

Dosis minima - 21 de julio.png

La Policía solo podrá decomisar sustancias psicoactivas siempre y cuando se compruebe que son para distribución o para comercializarlas, es decir que no incautaría la dosis mínima que lleven las personas.

Para Alejandro Lanz, codirector de Temblores ONG, la decisión del Consejo de Estado deja sin efecto el decreto 1844 del 1 de octubre de 2018 , que, según él, “no solamente atentaba contra todos los derechos de las personas que usan drogas, sino que ponía a la Policía a perfilar en la calle a las personas que percibía como usuarias de sustancias”.

Lanz señaló que en 2019 las autoridades interpusieron 166 mil comparendos por portar o usar drogas en el espacio público.

El fallo del Consejo de Estado concluye que no se pueden desconocer los derechos a la intimidad de los consumidores cuando no afecten a otras personas.

Publicidad

  • Publicidad