La Corte Suprema de Justicia concedió la libertad provisional a los expresidentes del Congreso Iván Name Vásquez y Andrés Calle Aguas, quienes permanecían detenidos por el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La decisión quedó consignada en la providencia AEP 140-2026, emitida este 9 de octubre de 2026 por la Sala Especial de Primera Instancia.
El alto tribunal concluyó que se configuró la causal de libertad por vencimiento de términos prevista en el numeral 5 del artículo 365 de la Ley 600 de 2000. Según la corporación, la resolución de acusación quedó en firme el 7 de octubre de 2025 y, aunque el plazo inicialmente era de seis meses, este se amplió a 12 meses porque durante el proceso se decretaron pruebas en el exterior. Al cumplirse ese término el 7 de octubre de 2026 sin que hubiera finalizado la audiencia de juzgamiento, la Corte determinó que procedía la medida liberatoria.
Por qué investigan a Iván Name y Andrés Calle
La investigación contra ambos excongresistas se originó en el escándalo de corrupción de la UNGRD. De acuerdo con la resolución de acusación citada por la Corte, en septiembre de 2023 se habría acordado la entrega de recursos a quienes entonces presidían el Senado y la Cámara de Representantes a cambio de favorecer iniciativas legislativas del Gobierno relacionadas con las reformas pensional y de salud.
Según el expediente, la suma presuntamente pactada ascendía a $4.000 millones, de los cuales $3.000 millones habrían sido para Iván Name y $1.000 millones para Andrés Calle. La Corte sostiene que el dinero habría sido entregado por intermedio de exdirectivos de la UNGRD y personas cercanas al entramado de corrupción que hoy es objeto de varias investigaciones judiciales. Asimismo, reportes periodísticos sobre el proceso han señalado que los expresidentes del Congreso son investigados por supuestamente recibir sobornos para facilitar el trámite de reformas impulsadas por el Gobierno nacional. Las indagaciones se apoyan en declaraciones entregadas por los exdirectivos de la UNGRD Olmedo López y Sneyder Pinilla, quienes han relatado cómo se habría producido la entrega de los recursos.
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La Corte destacó que durante el trámite se practicaron múltiples pruebas y declaraciones, pero precisó que la audiencia de juzgamiento aún no había culminado. También señaló que no existían maniobras dilatorias atribuibles a los procesados o a sus defensas que justificaran mantener la privación de la libertad más allá del plazo legal. Tras analizar el expediente, la Sala concluyó que “la Sala de Primera Instancia les concederá la libertad provisional” a Name y Calle, ordenando expedir las respectivas boletas de libertad con destino a la cárcel La Picota, donde permanecían recluidos.
No obstante, la decisión no implica el cierre del caso ni una absolución. El proceso penal continúa y ambos seguirán vinculados a la actuación judicial mientras avanza la fase de juzgamiento. La providencia enfatiza que la libertad se otorga exclusivamente por el cumplimiento de los términos legales establecidos en la ley procesal.
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