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Prohíben circulación de bicicletas y bicitaxis con motor por andenes y ciclorrutas

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A través de la resolución 160 de 2017, el ministerio de Transporte, se restringió la circulación por andenes o ciclorrutas para ciclomotores, tricimotos y cuadriciclos de combustión interna o eléctrica.

Según la nueva normatividad, los nuevos vehículos automotores de combustión interna o eléctrica “deberán ser registrados en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), tener licencia de conducción y portar el seguro obligatorio SOAT y el certificado de Revisión Técnico Mecánica”.

Para tal fin, los Centros de Diagnóstico Automotor tendrán un plazo de 6 meses para actualizar y habilitar las tablas de parametrización, así como para adecuar los procedimientos de ensayo y registro de la información de las nuevas tipologías vehiculares.

Adicionalmente, estos vehículos tendrán que contar con espejos retrovisores, placa, luz blanca delantera y luz roja trasera.

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Noticias Caracol adjunta el texto completo de la norma, para una mayor ilustración:

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