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Si esposa y compañera se disputan una pensión de sobreviviente, ¿a quién le corresponde?

La Corte Suprema zanjó esta discusión al establecer que la convivencia interrumpida con la cónyuge no impide que esta también reciba el beneficio.

Así lo estableció al estudiar la solicitud de la compañera permanente de un hombre que falleció.

"A pesar de haber una separación en los últimos cinco años, se mantenía el vínculo familiar de las dos personas de manera que había que conceder el derecho a la pensión de sobreviviente en cabeza de la señora que está demandando", explicó Daniel Jaramillo, del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.

El observatorio señala que cada día es más frecuente este tipo de reclamos entre la esposa legítima y la compañera permanente.

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"Cada vez es más común que se presenten compañeras permanentes no declaradas por el difunto. Cada vez es más común que se presenten personas que creen tener derecho y los fondos de pensiones, ante de la imposibilidad de decidir, deben demandar para que se defina cuál de las dos tiene razón", añade Jaramillo.

Otro aspecto que aclara la Corte es que, según la jurisprudencia y la ley, tanto la esposa como la compañera tienen derecho sobre la pensión.

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“Se aclara que cuando hay compañera y cónyuge se debe dividir la pensión en función del tiempo de convivencia”, el experto del Rosario añade.

La corte señaló que no se pueden desconocer los años de matrimonio efectivo entre la pareja "siempre que el vínculo matrimonial se mantenga intacto".

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