Lo ordenó la Corte Constitucional al amparar los derechos al desarrollo, la libre personalidad y la igualdad de un ciudadano que interpuso una tutela.
Daniel Francisco Polo, el ciudadano en cuestión, recuerda que su batalla jurídica comenzó en diciembre de 2016 cuando le impidieron el ingreso al edificio de la Alcaldía de Neiva.
“En virtud de una circular que se había expedido por la secretaría general de la Alcaldía me niegan el ingreso en vista que iba vestido con bermudas”, relata.
La administración municipal reconoce que, desde mucho antes, existía ese impedimento.
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Se trata de “una circular que decía que para ingresar al segundo piso no debería venir en chancletas, bermudas, ni en trajes sizas”, dice Liliana Trujillo, secretaria general de la Alcaldía.
Daniel Francisco, entonces, sintió vulnerados sus derechos e interpuso una acción de tutela.
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“El juez accede a la tutela, ordena la modificación de la circular. Sin embargo, la Alcaldía no está de acuerdo con la decisión”, señala.
La tutela llego a revisión a la Corte Constitucional, que le dio la razón al demandante.
El alcalde Rodrigo Lara Sanchez tiene reparos al fallo. “Es mantener una vestimenta mínima para llegar, esto quiere decir que cualquier persona que no use camisa puede llegar sin camisa, perficiente en chanclas en pantaloneta, así lo tenemos que atender”, afirma.
La administración municipal tiene 48 horas para modificar la circular.
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