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La devolución del IVA es un beneficio que busca aliviar la carga económica de los hogares más vulnerables. Este programa, implementado por el gobierno, permite a las familias de bajos ingresos recuperar una parte del impuesto al valor agregado que pagan en sus compras diarias.
Además, no solo representa un alivio económico, sino que también promueve la equidad en el sistema tributario colombiano. Al reducir el impacto del IVA en los hogares más pobres, se busca cerrar las brechas de desigualdad y ofrecer un apoyo tangible en tiempos de necesidad.
Según la página de Prosperidad Social, los beneficiarios del programa son los hogares registrados en el Sisbén y/o en el Registro Social de Hogares, y los incluidos en listados de comunidades indígenas recopilados por la entidad. Las familias en situación de pobreza extrema, según la clasificación dada por el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares, serán priorizados en el siguiente orden: A01, A02, A03, A04, A05, e indígenas.
Los hogares en situación de pobreza moderada, según su clasificación en el Sisbén y/o el Registro Social de Hogares, son en el siguiente orden: B01, B02, B03, B04. Es fundamental destacar que el programa no realiza inscripciones y que el cupo de atención está limitado a dos millones de hogares en todo el país.
Este programa forma parte de las Transferencias Monetarias No Condicionadas (TMNC) y tiene como objetivo principal reducir el impacto del IVA en el consumo de bienes y servicios esenciales. En 2025, el monto de la ayuda por ciclo ha sido ajustado a 106.000 pesos colombianos, reflejando la actualización de la Unidad de Valor Tributario (UVT).
Los beneficiarios de la Devolución del IVA son seleccionados con base en su clasificación en el Sisbén y el Registro Social de Hogares. Los hogares en pobreza extrema y moderada, así como los hogares indígenas, son los principales destinatarios de este programa. Es importante destacar que no se requiere inscripción previa, ya que la selección se realiza automáticamente según los datos registrados.
El dinero de la devolución del IVA se consigna de manera bimestral, es decir, cada dos meses. Las fechas específicas de pago pueden variar, pero generalmente se realizan en los siguientes periodos:
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Cabe resaltar que existe la posibilidad de que se realicen ajustes, dependiendo del pronunciamiento del programa de Prosperidad Social y de la disponibilidad presupuestal para el 2025.