Año tras año, las vías de Colombia son testigos de tragedias protagonizadas por conductores que deciden manejar bajo los efectos del alcohol. A pesar de la existencia de leyes que buscan mitigar esta problemática, las cifras de siniestralidad y los testimonios de las víctimas revelan un panorama de impunidad y reincidencia que cuestiona la efectividad del sistema actual. Séptimo Día conoció casos recientes en ciudades como Neiva y Bogotá, los cuales han vuelto a poner sobre la mesa el debate sobre los operativos de control, qué significan realmente los grados de alcoholemia y cuáles son las consecuencias penales y administrativas para quienes infringen la norma.
La escala de la irresponsabilidad: grados de alcoholemia
En Colombia, las pruebas de alcoholemia no se limitan a un resultado positivo o negativo; estas se categorizan en grados que dependen de los miligramos de etanol detectados en la sangre. Esta clasificación es fundamental para determinar la severidad de la sanción. Según fuentes técnicas consultadas por el informativo, los resultados pueden variar según la edad, el metabolismo del conductor e incluso el género. Pero también podría medirse este promedio estimado por la concentración de alcohol en cualquier otro tipo de bebida alcohólica. Por ejemplo, para este ejercicio se tomó como referencia una botella personal de cerveza de 330 ml con 4% de alcohol.
Últimas Noticias
De esta manera, el grado 0 se alcanza con el consumo de una a dos cervezas. El grado 1 se asocia al consumo de dos a cuatro cervezas, mientras que el grado 2 se sitúa entre cinco y siete cervezas. Finalmente, el grado 3, el más alto de la escala, se registra cuando el conductor ha ingerido desde dos litros de cerveza en adelante.
El impacto físico de estas cantidades es total para la conducción. Óscar Mejía, neuropsicólogo y vicerrector académico de la Universidad Manuela Beltrán, explicó que "cuando hay consumo de alcohol hay unas afectaciones en el sistema nervioso central... así sea usted que consuma un trago ya genera unas repercusiones para las respuestas que se deben tener". En entornos de simulación, se ha demostrado que un conductor con grado dos presenta graves problemas de coordinación motriz y pérdida de agudeza visual, lo que suele derivar en colisiones inminentes.
Sanciones administrativas y la Ley 1696 de 2013
El marco legal que rige estas infracciones es la Ley 1696 de 2013, la cual fue creada específicamente para endurecer las sanciones contra los conductores ebrios. Sin embargo, voces desde el legislativo, como la del senador Gustavo Moreno, sugieren que la norma no ha cumplido plenamente su objetivo disuasorio: "eso no causó mayor efecto en la ciudadanía colombiana, le hacían el comparendo y volvían a reincidir".
Actualmente, las sanciones administrativas se dividen de la siguiente manera:
Publicidad
• Grado 1 (por primera vez): Suspensión de la licencia por 3 años, 30 horas de trabajo comunitario, una multa de aproximadamente 180 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por 3 días.
• Grado 3: Puede acarrear multas que superan los 60 millones de pesos, como ocurrió en casos donde se confirmó la sanción máxima de 1440 salarios diarios.
Publicidad
• Negarse a la prueba: Este es un punto crítico. Si un conductor se niega a realizar el examen, entorpece el procedimiento o huye, recibe automáticamente la máxima sanción administrativa y la cancelación definitiva de su licencia de conducción.
A pesar de estas medidas, la realidad en las calles muestra que conductores con licencias canceladas siguen manejando. Sergio Israel Rojas Serrano, implicado en la muerte de un ciclista en Neiva, conducía un vehículo de alta gama en 2024 a pesar de que su licencia había sido cancelada en julio de 2023 tras atropellar a una pareja de motociclistas,. En aquel primer incidente, su prueba arrojó grado 3.
El vacío en la justicia penal: de la multa a la cárcel
Uno de los mayores reclamos de las víctimas en Colombia es la diferencia entre la sanción administrativa (multas y licencias) y la sanción penal (cárcel). Mientras que en países como Estados Unidos, Canadá o Perú el manejo en estado de embriaguez puede llevar directamente a prisión, en Colombia los conductores suelen enfrentar procesos por delitos culposos.
Néstor Pérez, abogado de unas víctimas, señala que existen vacíos en la legislación que permiten que personas con antecedentes graves sigan libres. Por ejemplo, en el caso del homicidio del ciclista Juan Carlos García en Neiva, el acusado fue procesado por homicidio culposo en concurso con lesiones personales. El abogado Juan Felipe Amaya explica la dificultad de estos casos: "el problema de estos delitos culposos es que la pena por ser inferior a 8 años es una pena en la cual puede la persona purgarla en el domicilio".
Esta medida de detención domiciliaria es frecuentemente criticada por las familias. César García, quien sobrevivió al accidente donde murió su hermano, relata el impacto emocional de ver al responsable en libertad: "duele saber que una persona que asesina a una parte de ti... está en la calle y que puede seguir haciendo lo mismo". En este caso específico, el acusado incluso habría violado su detención domiciliaria para viajar a Bogotá a realizar trámites laborales.
Reincidencia y la percepción de "conducir mejor borracho"
El componente cultural también juega un rol en esta problemática. Testigos y familiares de víctimas en el barrio La Sierra de Bogotá, donde un taxista identificado como José Eduardo Chalá atropelló a 11 personas, mencionan que el conductor era conocido por su conducta irresponsable. Claudia Cubillos, madre de uno de los heridos, relató que el implicado "decía que él manejaba mejor borracho que en sano juicio y mire ahí están las consecuencias".
Publicidad
Chalá, cuya prueba de alcoholemia arrojó grado 3 la noche del accidente, aceptó cargos por lesiones personales y tentativa de homicidio, pero no por homicidio agravado tras la muerte de una menor de 15 años. Este tipo de estrategias legales y preacuerdos son comunes en el sistema judicial colombiano. Por ejemplo, Sergio Rojas en Neiva suscribió un preacuerdo para recibir una pena de 60 meses de prisión (5 años) y una multa de 72 salarios mínimos, además de la privación del derecho a conducir por 70 meses.
Impacto en las víctimas y el futuro de la ley
El daño causado por estos conductores va más allá de las cifras. Las víctimas que logran sobrevivir enfrentan secuelas físicas y económicas permanentes. Yurian Pimentel, atropellada por Rojas en 2022, sufrió fracturas de tibia y peroné que le impiden trabajar normalmente: "la fecha es que yo no camino bien... no puedo volver a trabajar en restaurantes porque no resisto estar tanto tiempo de pie". Además, denunció que el responsable intentó conciliar con ofertas indignantes, afirmando que "con un millón borran todo".
Ante este escenario, cursan proyectos de ley que buscan que los conductores que arrojen grado 2 o superior en las pruebas de alcoholemia deban cumplir penas de hasta 38 meses de cárcel de manera efectiva. Para las familias afectadas, como la de los hermanos García o la de la joven Carol Estefanía en Bogotá, el endurecimiento de las penas es la única forma para evitar más tragedias.
Publicidad
Nancy García, hermana de una de las víctimas, resume el sentimiento de impotencia frente a la falta de medidas contundentes antes de que ocurran las fatalidades: "el señor debería estar en la cárcel hace mucho rato antes de que pasara lo del señor que mató se hubiera evitado esas tragedia".
*Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Séptimo Día.