Cada año, millones de trabajadores formales en Colombia esperan uno de los ingresos más importantes del calendario laboral: la prima de servicios. Este pago, que llega en mitad de año y nuevamente en diciembre, forma parte de las prestaciones sociales obligatorias para todos los empleadores.
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La prima no es un beneficio opcional ni un incentivo adicional. Se trata de un derecho establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, que obliga a las empresas a reconocer un pago equivalente a 30 días de salario por cada año trabajado, dividido en dos partes iguales durante el año.
En términos prácticos, esto significa que cada trabajador recibe 15 días de salario en junio y otros 15 días en diciembre, siempre calculados de forma proporcional al tiempo efectivamente laborado durante cada semestre. Para 2026, este pago tiene un impacto directo en la economía de los hogares, especialmente en un contexto donde el salario mínimo fue fijado en $1.750.905 y el auxilio de transporte en $249.095, valores que influyen directamente en el cálculo del monto final.
¿Cuál es la fecha límite para pagar la prima de servicios en 2026?
La legislación laboral colombiana es clara en fijar los plazos para el pago de la prima. Para la primera mitad del año, correspondiente al periodo entre enero y junio, la fecha límite es el 30 de junio de 2026. Esto significa que todos los empleadores deben haber consignado o pagado esta prestación a más tardar ese día, sin excepciones. No se trata de una fecha flexible: la ley establece un límite preciso que no puede ser aplazado.
Para la segunda mitad del año, el plazo máximo es el 20 de diciembre de 2026, fecha en la que debe realizarse el segundo pago correspondiente al periodo de julio a diciembre. Estos plazos están definidos en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece que la prima debe pagarse en dos momentos del año: uno antes de finalizar junio y otro en los primeros 20 días de diciembre.
¿Qué pasa si el empleador no paga la prima de servicios a tiempo?
El pago de la prima de servicios en Colombia no es opcional. Se trata de una obligación legal establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, por lo que su incumplimiento genera consecuencias directas para el empleador. Cuando este pago no se realiza dentro del plazo, se configura un incumplimiento laboral que puede derivar en varias sanciones.
Si el empleador no paga la prima de servicios en la fecha establecida, puede estar obligado a reconocer una indemnización al trabajador. Esto está contemplado en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual establece que: “Si a la terminación del contrato el empleador no paga los salarios y prestaciones debidas, deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente al último salario diario por cada día de retardo”. Aunque esta norma aplica especialmente al momento de terminar el contrato, en la práctica sirve como base para reclamar pagos atrasados y exigir compensaciones cuando hay mora prolongada.
El no pago de la prima también puede derivar en sanciones administrativas. El empleador puede ser investigado y sancionado por el Ministerio del Trabajo. Tenga en cuenta que el trabajador tiene derecho a reclamar el pago de la prima mediante diferentes mecanismos. Puede:
- Presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo.
- Interponer una demanda laboral.
- Acudir a instancias judiciales para exigir el pago y las indemnizaciones correspondientes.
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.
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ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL