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Impuesto de renta: si debía declarar este 22 de septiembre, ojo porque extendieron el plazo

La ampliación del plazo para presentar el impuesto de renta se da debido a que la página de la DIAN podría presentar intermitencias por actualizaciones.

declaración de renta
Revise el calendario tributario para que no se le pase la fecha de declaración del impuesto de renta: recuerde que la asignación se hace con base en los dos últimos dígitos de su cédula
Stephen Zeigler/Getty Images

La DIAN informó que amplió el plazo para presentar impuesto de rentaa quienes tenían como fecha límite este viernes 22 de septiembre. Esto se debe a posibles intermitencias en los servicios digitales tributarios, aduaneros y cambiarios producto de actualización de los sistemas.

Así las cosas, las personas naturales que tenían plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios hasta este viernes 22 de septiembre, ahora lo podrán hacer hasta el lunes 25.
Si tiene alguna inquietud, ingrese al portal www.dian.gov.co

¿Para quiénes aplica la declaración de renta?

Según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia que cumplan con alguna de las condiciones que se mencionan a continuación deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario, año gravable 2022:

  • Patrimonio bruto superior a $171.018.000 a 31 de diciembre de 2022.
  • Ingresos brutos iguales o superiores a $53.206.000 durante 2022.
  • Consumos con tarjeta de crédito superiores a $53.206.000 durante 2022.
  • Compras y consumos totales superiores a $53.206.000 durante 2022.
  • Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superior a $53.206.000 durante 2022.
  • Ser responsable del impuesto sobre las ventas – IVA al cierre de 2022.

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"Del mismo modo, las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia que hayan recibido ingresos de fuente nacional y no hayan sido objeto de retención en la fuente deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario -año gravable 2022- en el Formulario 110, atendiendo los mismos plazos establecidos en el calendario tributario", agrega la DIAN.

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¿Cuáles son los documentos a presentar para la declaración de renta?

Lo primero es estar inscrito al Registro Único Tributario (RUT). A continuación, los documentos que debe adjuntar:

Para determinar el patrimonio

  • Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras.
  • Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo, CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras.
  • Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
  • Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.
  • Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
  • Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición, más adiciones y mejoras.
  • Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales tales como good will, derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros.
  • Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.

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Para determinar los ingresos

  • Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.
  • Certificado de Ingreso promedio de los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del pago de las cesantías e intereses sobre las mismas.
  • Certificado de salario básico, siempre y cuando haya tenido la calidad de oficial o suboficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional o agente de la Policía Nacional.
  • Certificado de las primas, bonificaciones, horas extras y demás complementos salariales, siempre y cuando sea ciudadano colombiano y que integre las reservas oficiales de primera y segunda clase de la Fuerza Aérea, mientras ejerza la actividad de piloto.
  • Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o de enfermedad, maternidad, gastos de entierro del trabajador, seguro por muerte y compensaciones por muerte de miembros de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
  • Certificado por prima de localización de vivienda (pactada con anterioridad a 31 de julio de 1995).
  • Certificado de la prima especial y la prima de costo de vida de que trata el Decreto 3357 de 2009 para los servidores públicos, diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
  • Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
  • Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
  • Certificado de pago de recompensas.
  • Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista.
  • Certificados de pagos de indemnizaciones por destrucción y renovación de cultivos y por control de plagas.
  • Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
  • Certificados de ingresos recibidos por concepto Incentivo a la Capitalización Rural, ICR o AIS.
  • Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por su empleador.
  • Certificado por incentivo forestal.
  • Certificados o autorizaciones para la prestación de servicios de ecoturismo expedido por las autoridades competentes.
  • Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida.
  • Certificados expedidos por las autoridades competentes que respalden exenciones para extranjeros contempladas en tratados o convenios internacionales.
  • Certificados por concepto de dividendos y participaciones recibidos en el año.

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Para determinar los pagos que constituyen deducciones

  • Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
  • Certificados por pagos de salud.
  • Certificados por inversiones en nuevas plantaciones de riegos, pozos, silos, centros de reclusión, en mantenimiento y conservación de obras audiovisuales, en librerías, proyectos cinematográficos y otros.
  • Certificados por donaciones a la Nación, departamentos, municipios, distritos, territorios indígenas y otros.
  • Relación de facturas de gastos, indicando el valor total.
  • Relación de los pagos efectuados a sus empleados por concepto de sueldos, bonificaciones, vacaciones, cesantías y otros.
  • Certificados de los pagos realizados por concepto de aportes a las cajas de compensación, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, empresas promotoras de salud, administradoras de riesgos laborales, fondos de pensiones y otros.
  • Pagos por concepto de impuestos de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Predial
  • Certificados de las donaciones e inversiones que haya efectuado durante el año.
  • Todos los documentos que respalden ingresos, costos, deducciones, patrimonio, emitidos por las entidades o personas competentes.
  • En los casos que se requiera, la certificación para acreditar la deducción por dependientes económicos
  • Declaraciones de renta de los cinco (5) últimos años.
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