En la comunicación de la Defensoría del Pueblo dirigida a la Corte Constitucional se expone lo siguiente:
El sistema tributario se soporta sobre “los principios de equidad, eficiencia y progresividad”. De tal modo, no puede resultar constitucionalmente admisible que un servidor público con un ingreso mensual que supera marginalmente los $10’000.000, deba soportar una carga tributaria superior a la de alguien que, por ejemplo, recibe un salario que duplica dicho monto, en razón al hecho de que el pagador de esta segunda persona sea del sector privado.
Por tanto, solicita que el impuesto solidario, que aplicará por tres meses y busca recursos para afrontar la crisis por coronavirus, se amplíe a particulares con salarios superiores a los $10.000.000.
Paula Robledo, delegada para asuntos constitucionales de la Defensoría del Pueblo, sostuvo que “este impuesto viola el principio de igualdad” y “se debe extender a los particulares porque el principio constitucional de solidaridad se predica de todas las personas, no solamente de los funcionarios públicos o contratistas del Estado”.
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Ahora se espera que la Corte Constitucional se pronuncie frente a esta comunicación.
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