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La Secretaría de Educación de Medellín expidió la resolución que fija el calendario académico para el año lectivo 2025 en todos los colegios oficiales de la ciudad. En el documento se determinan las fechas para las actividades escolares, el desarrollo institucional, las vacaciones de los docentes y el receso estudiantil, incluyendo la tradicional semana de receso que se realiza en octubre.
La semana de receso en octubre fue incorporada de manera oficial al calendario académico del país a través del Decreto 1075 de 2015, que consolidó las disposiciones reglamentarias del sector educativo. Allí se establece que todos los establecimientos de educación preescolar, básica y media deben incorporar cinco días de descanso en la semana previa al festivo del 12 de octubre, que por la Ley Emiliani se traslada al lunes 13 de octubre.
De acuerdo con la normativa, los estudiantes de preescolar, básica y media tendrán un total de 40 semanas de trabajo académico, distribuidas en dos semestres, además de 12 semanas de receso estudiantil. Entre estas se incluye la semana de octubre, que para 2025 está programada del lunes 6 al domingo 12 de ese mes, manteniendo la disposición nacional que ordena este espacio de descanso.
El descanso, sin embargo, no reduce el número de semanas de clases que deben cumplirse en el año. Por normativa, las instituciones educativas deben garantizar al menos 40 semanas efectivas de trabajo académico, de modo que la pausa de octubre hace parte de las 12 semanas de receso estudiantil que se distribuyen a lo largo del año escolar. En Medellín, el calendario de 2025 respeta esta disposición y asegura que los estudiantes tendrán el espacio de receso en octubre, además de las vacaciones habituales de mitad de año y de fin de año.
El calendario aprobado establece que el segundo semestre se desarrollará del 21 de julio al 12 de octubre (12 semanas), y luego del receso de octubre se retomarán las clases desde el 13 de octubre hasta el 30 de noviembre (siete semanas). Con esta organización se completan las 40 semanas de actividades escolares para los estudiantes, distribuidas de manera proporcional entre los dos semestres.
El documento también fija las semanas destinadas a los docentes y directivos docentes para labores de planeación, capacitación y desarrollo institucional. En total son cinco semanas durante el año, en las cuales los maestros no tienen clases con estudiantes, pero sí cumplen actividades internas de preparación y fortalecimiento pedagógico.
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Las semanas de desarrollo institucional se ubican en fechas estratégicas: antes del inicio del calendario escolar, después de Semana Santa, en la mitad del año, en septiembre y al cierre del calendario en diciembre. En cuanto a vacaciones, los docentes y directivos tendrán siete semanas en total: tres semanas en diciembre y enero, dos semanas en junio y julio, y otras dos en diciembre, coincidiendo con los recesos estudiantiles.
El calendario de Medellín también contempla las 12 semanas de receso estudiantil para los estudiantes, distribuidas en diferentes momentos del año. Se trata de tiempos que, además de responder a la necesidad de descanso, permiten organizar la vida escolar de manera más equilibrada. Las semanas de receso para lo que queda de 2025 quedaron así:
Según lo indicado, la semana de octubre se trata de una medida nacional que responde a la intención de ofrecer un respiro en el segundo semestre del año, cuando los estudiantes suelen estar en medio de evaluaciones y procesos académicos decisivos. La resolución recuerda que la competencia para definir y modificar el calendario académico corresponde exclusivamente al Gobierno Nacional y a las Secretarías de Educación certificadas. Esto significa que las instituciones educativas de Medellín oficiales deberán ceñirse estrictamente a lo establecido en la resolución, salvo que se presenten situaciones excepcionales de orden público que obliguen a un ajuste del calendario.
Cabe precisar que las fechas mencionadas aplican únicamente para los colegios oficiales de Medellín. Las instituciones privadas, de acuerdo con la normativa vigente, tienen autonomía para definir sus propios calendarios académicos, siempre que cumplan con las 40 semanas lectivas mínimas exigidas por la ley. Esto significa que algunos colegios privados pueden ajustar las semanas de receso o vacaciones de acuerdo con sus propias dinámicas, aunque la mayoría suele mantener la misma estructura propuesta por el Ministerio de Educación.
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VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co