El alcalde de Cali, Alejandro Eder, fue sancionado por un juez por desacatar una sentencia de tutela que fue proferida el 13 de agosto de este mismo año. El fallo que dio pie al auto tiene origen en una solicitud que hizo el abogado Elmer Montaña, que pidió conocer los convenios que hizo la Alcaldía de Santiago de Cali con Propacífico. En ese sentido, Eder tendría que pagar unos días de arresto y una multa por ser el representante legal de la Alcaldía.
La orden inicial que salió tras la tutela fijaba un plazo de tres días para que se entregaran pruebas acompañadas de los documentos que dan cuenta de los cuatro convenios que tramitó la Alcaldía con la fundación. El recurso solicitaba que se hicieran precisiones técnicas, contractuales y anexos relacionados con los convenios. Ahora bien, hay que aclarar que la Oficina Jurídica dio respuesta a la petición, pero el juez consideró que esta no fue clara, puntual ni precisa frente a lo que presentó el accionante.
¿Cuánto tendría que pagar Alejandro Eder?
El juez encontró que la entidad accionada (la Alcaldía) incurrió en desacato de la tutela T-411 del 13 de agosto. Así las cosas, Alejandro Eder (que es identificado como el representante legal) fue sancionado con cinco días de arresto y tendrá que pagar una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales en un plazo determinado. Si bien, el juez encargado determinó la sanción, la normativa vigente fija que la sanción será consultada ante el Juzgado Civil del Circuito de Cali, que tendrá en sus manos la decisión durante los tres días siguientes sobre si la sanción queda en firme o si esta debe ser revocada. Entretanto, el auto también resuelve que se compulsen copias del trámite a la Policía Nacional y al Consejo Superior de la Judicatura.
"Si bien se evidencia que la entidad accionada allegó respuesta al requerimiento judicial efectuado, no se observa en los documentales arrimados respuesta de manera clara, puntual y precisa a las peticiones presentadas por el accionante en derecho de petición presentado el 23 de abril de 2026, además de que no se observa remisión de respuesta alguna al correo electrónico reportado por el accionante, hechos que permiten concluir la vulneración de los derechos fundamentales protegidos en sede de tutela", dice el documento.
Alcaldía de Cali hace aclaraciones sobre el proceso
La Oficina de Gestión Jurídica Pública reiteró que la providencia tendrá que ser revisada por un juez del circuito. Mientras eso sucede, la administración distrital se comprometió a avanzar en la “entrega exhaustiva de la información requerida”. En otras palabras, el auto todavía no está en firme y no produce efectos jurídicos inmediatos. Al respecto, la directora del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública recalcó: “Esta medida no es definitiva ni tiene aplicación inmediata, toda vez que cuenta por ley con la instancia de consulta ante un juez de superior jerarquía”. La palabra final entonces queda en manos del Juzgado Civil de Circuito de Santiago de Cali.
María Paula Rodríguez Rozo
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