Viajar a España es un sueño para muchos colombianos, especialmente durante el mes de diciembre, cuando las festividades navideñas y el ambiente festivo hacen del país un destino aún más atractivo. Las luces de Navidad en las calles de Madrid, los mercados navideños en Barcelona y las celebraciones tradicionales en Sevilla son solo algunas de las experiencias que esperan a los viajeros.
Sin embargo, para hacer realidad este sueño, es fundamental cumplir con una serie de requisitos establecidos por las autoridades españolas. Estos requerimientos aseguran una entrada legal y segura al país, permitiendo disfrutar de una estancia sin contratiempos.
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Requisitos para viajar a España si es colombiano
El Consulado de Colombia en Bilbao explicó cuáles son los requisitos para viajes a España desde Colombia con carácter turístico o privado para una estancia máxima de 90 días dentro de cualquier período de 180 días.1. Pasaporte y documentos de viaje
El viajero debe estar en posesión de un pasaporte o documento de viaje válido y en vigor. Este documento debe tener una validez mínima de tres meses posteriores a la fecha prevista de salida del territorio Schengen y debe haber sido expedido dentro de los diez años anteriores a la fecha de entrada. Es fundamental asegurarse de que el pasaporte cumpla con estos requisitos para evitar problemas en el control migratorio.
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)2. Justificación de hospedaje
Es necesario presentar un documento que justifique la existencia de un lugar de hospedaje. Este puede ser emitido por el establecimiento de hospedaje, una carta de invitación de un particular expedida por la Comisaría de Policía correspondiente al lugar de residencia del anfitrión, o la confirmación de la reserva de un viaje organizado o circuito turístico, con el itinerario detallado. Es importante destacar que la carta de invitación no sustituye la acreditación de los demás requisitos exigidos para la entrada.3. Billete de ida y vuelta
El viajero debe poseer un tiquete de ida y vuelta. Este requisito es esencial para demostrar la intención de regresar al país de origen o continuar el viaje hacia otro destino fuera del espacio Schengen.4. Seguro de viaje
Es obligatorio contar con un seguro de viaje con una cobertura mínima de 30.000 euros, que incluya repatriación y sea válido para toda la zona Schengen. Este seguro es crucial para cubrir posibles gastos médicos y de emergencia durante la estancia en España.
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5. Justificar medios económicos
El viajero debe acreditar que dispone de medios económicos suficientes para su sostenimiento durante la estancia en España. Lo ideal es consultar con la Embajada española para confirmar cuál es la cantidad mínima a acreditar.
En caso de no cumplir con los requisitos mencionados, las autoridades pueden denegar la entrada al viajero. Los efectos de la denegación de entrada incluyen el regreso obligatorio a Colombia o al punto de origen, y la permanencia en instalaciones designadas en el puesto fronterizo hasta que se pueda retornar al lugar de procedencia o continuar el viaje hacia otro país donde sea admitido.
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Si el regreso se retrasa más de 72 horas, la autoridad que denegó la entrada se dirigirá al Juez de Instrucción para determinar el lugar de internamiento hasta ese momento. Durante el internamiento, la persona estará a disposición de la autoridad judicial que autorizó la detención.
Cabe destacar que, desde el pasado 10 de noviembre, España y otros 28 países europeos implementaron un nuevo Sistema de Entradas y Salidas (SES). "Este sistema modernizará el control fronterizo, mejorando la seguridad y optimizando la gestión migratoria para los ciudadanos de países que no hacen parte de la Unión Europea, incluidos los colombianos. Los países que adoptarán el SES son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza", indicó la Cancillería Colombiana.
"Al ingresar a cualquiera de estos países, el pasaporte vigente será escaneado, y en el SES se registrará información clave, incluyendo datos personales, datos biométricos y la duración de la estancia permitida. Este proceso facilitará el ingreso y permitirá un monitoreo eficiente de los viajeros", explicó.
¿Por qué le podrían prohibir la entrada a España?
Además de no cumplir los requisitos anteriores, existen varias causas por las cuales se puede prohibir la entrada a España, incluyendo haber sido previamente expulsado o devuelto por España o algún Estado Schengen, tener prohibida la entrada por actividades contrarias a los intereses de España o los derechos humanos, estar reclamado internacionalmente por causas criminales, suponer un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España, y haber agotado 90 días de estancia en un período de 180 días.
¿Cuánto tiempo puede quedarse en España cómo turista?
Según la legislación vigente, los turistas colombianos pueden permanecer en España y en el área Schengen por un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días. Este límite es acumulativo para todos los países de la zona, lo que significa que el tiempo pasado en otros países que conforman el espacio se cuenta dentro de estos 90 días. Es importante aclarar que el Espacio Schengen es una zona de libre circulación que comprende a 29 países europeos que han abolido los controles fronterizos en sus fronteras comunes, también conocidas como fronteras internas. Este espacio se creó en 1985 mediante el Acuerdo de Schengen, firmado en la localidad de Schengen, Luxemburgo. El objetivo principal es facilitar el movimiento libre y sin restricciones de personas, bienes, servicios y capital entre los países miembros.
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Para ingresar a España, los turistas colombianos deben cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, deben poseer un pasaporte válido con una vigencia mínima de tres meses posteriores a la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Además, deben presentar un billete de ida y vuelta, así como un seguro de viaje con una cobertura mínima de 30,000 euros, que incluya repatriación y sea válido para toda la zona. Otro requisito esencial es la acreditación de medios económicos suficientes para cubrir la estancia.
En 2024, la cantidad mínima a acreditar es de 113 euros por persona y día, con un mínimo de 1,020 euros, independientemente del tiempo de estancia previsto. Estos fondos pueden acreditarse mediante efectivo, cheques de viaje, tarjetas de crédito acompañadas de un extracto bancario, entre otros medios. La estancia de los extranjeros en España está regulada principalmente por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y, por su reglamento, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril. Esta normativa establece los derechos y deberes de los extranjeros, así como los procedimientos para su entrada, estancia y salida del país.
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El artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2000 especifica que los extranjeros que deseen entrar en España deben hacerlo por los puestos habilitados al efecto y estar provistos de la documentación que acredite su identidad y que justifique el motivo y las condiciones de su estancia. Además, la normativa permite a las autoridades fronterizas denegar la entrada si no se cumplen estos requisitos. Es importante que los turistas colombianos respeten el límite de 90 días, ya que exceder este plazo puede resultar en sanciones, incluyendo la prohibición de entrada futura al área Schengen.