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Registraduría finalizó revisión de firmas: este es el listado de candidatos a Presidencia avalados

De los 91 comités que se registraron, 22 presentaron las firmas de apoyo y 15 cumplieron con el número mínimo de firmas válidas requeridas. El 31 de enero iniciará la inscripción de candidatos.

Revisión de firmas de la Registraduría.
Revisión de firmas de la Registraduría.
Suministrada

En Colombia, un candidato se puede inscribir con el aval de un partido o movimiento político con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral o con el apoyo de un grupo significativo de ciudadanos, caso en el que se requiere aportar el total de firmas correspondiente. Con ese recurso se deben inscribir a través de un comité integrado por tres ciudadanos, quienes se deben registrar ante la correspondiente autoridad electoral. Para las elecciones presidenciales de 2026, según informó la Registraduría Nacional, se registraron un total de 91 comités, de los cuales 22 presentaron las firmas de apoyo y 15 cumplieron con el número mínimo de firmas válidas requeridas.

De los 22 grupos significativos de ciudadanos que presentaron un total de 28.582.935 firmas de apoyo ante la Registraduría Nacional para respaldar la inscripción de candidaturas a las elecciones presidenciales 15 cumplieron con el número mínimo de firmas válidas requeridas, seis no cumplieron y uno se retiró de la contienda electoral. Es decir, solo 15 aspirantes recibieron el aval de la Registraduría para ser inscritos como candidatos a la presidencia de la República.

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Según el artículo 7 de la Ley 996 de 2005, los comités debían presentar mínimo 635.216 firmas válidas, equivalentes al 3% del número total de votos válidos de la primera vuelta presidencial de 2022, que fueron 21.173.842.

De igual forma, la Registraduría Nacional informó que presentará la denuncia correspondiente frente a los grupos significativos de ciudadanos de dos aspirantes (Henry Humberto Martínez y Alexander Francisco Henao) por encontrar formularios en blanco, fotocopias de los formularios diligenciados, planas hechas por una misma persona y formularios con firmas de apoyo impresos desde archivos digitales.

El próximo 31 de enero iniciará la inscripción de candidatos y la misma se extenderá hasta el 13 de marzo. Cabe anotar que algunos de los avalados participarán en las consultas interpartidistas que se votarán el 8 de marzo junto a las elecciones de Congreso (Senado y Cámara de Representantes).

¿Quiénes se retiraron de la contienda electoral?

La Registraduría informó que uno de los aspirantes que buscaba el aval con este mecanismo se retiró de la contienda electoral. Se trata de Héctor Olimpo Espinosa, exgobernador del departamento de Sucre.

¿Qué comités inscriptores de candidaturas presidenciales no cumplieron?

Por otro lado, están los candidatos que no cumplieron los requisitos mínimos de ley y cuya candidatura no fue avalada por firmas tras la revisión de la Registraduría Nacional:

  • Pedro Agustino Rosado Escorcia
  • Mihaly Flandorffer Peniche
  • Alexánder Francisco Henao Otálora
  • Ernesto Sánchez Herrera
  • Henry Humberto Martínez Sánchez
  • Pedro Pablo Díaz García

¿Quiénes sí recibieron el aval de la Registraduría?

La Registraduría Nacional publicó el listado de aspirantes a quienes sí les fueron certificadas las firmas requeridas para ser inscritos como candidatos a la presidencia de la República:

  • Aníbal Gaviria Correa
  • Mauricio Cárdenas Santamaría
  • Santiago Botero Jaramillo
  • David Luna
  • Mauricio Lizcano
  • Victoria Eugenia Dávila
  • ⁠Juan Daniel Oviedo
  • ⁠Luis Gilberto Murillo
  • ⁠Claudia López
  • Carlos Caicedo
  • ⁠Abelardo de la Espriella
  • ⁠Leonardo Huerta
  • ⁠Sondra Macollins
  • ⁠Felipe Córdoba
  • Daniel Palacios

Es importante señalar que esta lista solo incluye a los aspirantes que buscaron inscribir sus candidaturas a través de la recolección de firmas. Hay otros que optaron por la inscripción mediante aval de un partido o movimiento político con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral. En ese caso, el aval es otorgado por el representante legal del partido o movimiento político o por quién él delegue de manera expresa. El aval debe contener la corporación y cargo que se avala, la identificación del avalado o avalados, el periodo constitucional que cubre, la relación de todos los integrantes de la lista de acuerdo con el número de curules a proveer en la respectiva circunscripción según sea el caso, o la corporación a que aspire, la modalidad de voto y la ciudad en la que se inscribe.

WILLIAM MORENO HERNÁNDEZ
COORDINADOR DIGITAL NOTICIAS CARACOL

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