El presidente Gustavo Petro informó en la noche de este miércoles que autorizó a la Consejería Comisionada para la Paz para que se realice el traslado de integrantes de grupos armados ilegales a cinco "zonas de concentración" o Zonas de Ubicación Temporal (ZUT), con el fin de avanzar en "el proceso de negociación" con estas guerrillas. "Serán órdenes del comandante supremo de las Fuerzas Armadas", aseguró el mandatario en consejo de ministros.
Cabe resaltar que el Gobierno Nacional pidió que se suspendieran las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo, petición a la que no accedió la Fiscalía General de la Nación. Entre el listado de integrantes de este grupo armado que serían trasladados a una ZUT está Jovanis de Jesús Ávila Villadiego, alias Chiquito Malo, jefe criminal que es requerido en extradición por los Estados Unidos.
"Los procesos de negociación se mantienen por obligación en Colombia (...) Eso significa que habrá las zonas de concentración, que son la última fase de un proceso de negociación, según la ley. Pero no se puede poner en duda en función de las facultades del Presidente, que la ley de orden público determina, y que depende, según la ley, del estado de avance de un proceso de paz, que hace exclusivamente el Presidente", dijo el jefe de Estado.
La Consejería Comisionada para la Paz, por su parte, indicó en un comunicado que "en la primera fase de implementación de las ZUT no harán presencia personas respecto de las cuales existan órdenes de captura con fines de extradición vigentes, situación que será objeto de evaluación posterior por parte del Presidente de la República".
De hecho, para evaluar la suspensión de las órdenes de captura contra el Clan del Golfo, el ministro de Justicia, Jorge Iván Cuervo, anunció una reunión este jueves con la fiscal general, Luz Adriana Camargo, y el alto comisionado para la Paz, Otti Patiño. "En un estado avanzado del proceso de paz y aquí se infiere que es el Gobierno quien evalúa el avance del proceso, no la Fiscalía General de la Nación”, señaló Cuervo.
¿Por qué Fiscalía no autorizó suspender órdenes de captura?
En un comunicado, la Fiscalía señaló que para realizar dicha suspensión se necesita verificar, como mínimo, la plena identificación de las 29 personas, así como su "situación jurídica, existencia de órdenes de captura nacionales o con fines de extradición vigentes y la información disponible".
Además, reiteró que la información remitida por parte del Gobierno Nacional "permite conocer el compromiso de ingreso de algunas personas a las ZUT, pero no permite verificar todavía el contenido de los acuerdos de paz, su cumplimiento efectivo, ni el universo de integrantes que quedaría bajo control institucional. Esta verificación no puede depender únicamente de lo informado por miembros del grupo, sino que debe ser realizada por autoridades del Estado mediante un mecanismo claro, trazable y verificable de identificación, movilidad y permanencia".
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El ente acusador, además, reiteró que las ZUT "debe entenderse como un medio para facilitar la desmovilización, el sometimiento a la justicia y el desmantelamiento del grupo, no como el punto final del proceso ni como una habilitación general de movilidad".
LAURA VALENTINA MERCADO
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