Los dos sistemas que estudia la Corte Suprema de Justicia para que la Fiscalía General de la Nación investigue al expresidente Álvaro Uribe , en el caso de presuntos sobornos a testigos, son los establecidos en la ley 600 y el que rige en la ley 906.
El exvicefiscal Francisco José Sintura explica que “En la ley 600 la Corte Suprema de Justicia era a la vez investigador, acusador y el juez que iba a dictar sentencia. Mientras que en el modelo de la ley 906 a la Fiscalía le corresponderá investigar, acusar y sustentar esa acusación ante el juez competente, quien tendrá la posibilidad autónomamente de dictar la sentencia de ley".
Para algunos juristas en la ley 600 podrían tenerse en cuenta las pruebas ya practicadas por la corte y Álvaro Uribe podría seguir privado de la libertad, mientras en la ley 906 la Fiscalía tendría que iniciar la investigación de cero, con lo que Uribe Vélez no tendría que seguir bajo detención domiciliaria. Sin embargo, para otros abogados esto no es tan cierto.
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“Tanto en la antigua ley 600, así como la actual ley 906, hay una causal de privación de la libertad del investigado cuando existe la posibilidad de que el investigado obstruya la justicia, luego no hay ninguna diferencia en ese aspecto", señala el profesor de Derecho, Orlando de la Vega.
Para Marlon Díaz, otro abogado penalista, “se debe resolver un asunto de competencia. En este caso, de cuál es el régimen aplicable. No se puede pronunciar sobre cuál es el estado del proceso, sobre cuál es la situación respecto a una medida de aseguramiento, eso no es competencia de la Corte Suprema de Justicia".
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Noticias Caracol conoció que los magistrados están a favor de aplicar la ley 906 teniendo en cuenta que el delito habría sido cometido después del año 2005, sin embargo, plantearían que debe hacerse un acople para que la indagatoria hecha por la Corte Suprema valga como imputación de cargos y que la Fiscalía entre a la etapa de acusación.
Por otro lado, frente a la medida de detención, la sala plena plantearía que la única razón para revocarla es que al proceso se presenten pruebas o hechos sobrevivientes.