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Día sin carro en Bogotá: estos son los únicos vehículos que podrán circular este jueves

Los automotores híbridos y las motocicletas tampoco podrán movilizarte este 2 de febrero, en el día sin carro en Bogotá. Conozca la lista con las 18 excepciones.

Aquellos que incumplan la medida del día sin carro en Bogotá deberán pagar una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes.
Aquellos que incumplan la medida del día sin carro en Bogotá deberán pagar una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes.
Colprensa

Son 18 los tipos de vehículos que podrán circular durante el día sin carro en Bogotá, que tendrá lugar este jueves, 2 de febrero de 2023. Cabe aclarar que aquellos conductores que pagan pico y placa solidario no hacen parte de las excepciones.

La jornada inicia desde las 5 de la mañana y finaliza a las 9 de la noche. Las motos y los carros híbridos tampoco podrán circular este jueves.

Secretaría de Movilidad comentó que el propósito del día sin carro en Bogotá es "tener un 57 por ciento menos de contaminación (CO2) en nuestro medio ambiente por cuenta 1.800.000 vehículos particulares y 470 mil motocicletas que dejan de circular".

"Durante la jornada de día sin carro y sin moto se desplegarán operativos en vía: 4 estarán haciendo control ambiental, 6 control al transporte y 8 a la velocidad", informó la Alcaldía de Bogotá.

¿Cuáles son las excepciones para el día sin carro en Bogotá?

  • Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  • Vehículos de emergencia.
  • Transporte escolar.
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  • Vehículos y motocicletas de las empresas de transporte de servicios públicos domiciliarios.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
  • Vehículos de transporte de valores.
  • Transporte público.
  • Vehículos y motocicletas para el control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.
  • Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular.
  • Transporte asignado por la Unidad Nacional de Protección a personas que tengan medidas de protección.
  • Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  • Transporte para el control de emisiones y vertimientos.
  • Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.

Aquellos usuarios que incumplan la medida del día sin carro en Bogotá deberán pagar una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes.

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