Hasta hoy la ley establecía que el del padre iba primero y luego el de la madre. Si no hay acuerdo, una autoridad lo decidirá echándolo a la suerte.
Tras una demanda, el alto tribunal tumbó la ley que establecía que el primer apellido sería el del padre y el segundo, el de la madre. La demanda sostenía que esto violaba la igualdad y la equidad de género y atentaba contra la Constitución.
La ponencia del magistrado Alberto Rojas respaldó esta tesis y, en sala plena, los magistrados con votación de 8 a 1 declararon inexequible (inconstitucional) la norma.
La decisión tiene efectos diferidos hasta el 20 de junio de 2022. El tribunal le pidió al Legislativo que reglamente el tema.
Publicidad
Mientras tanto se entenderá que los padres tomarán la decisión de común acuerdo. De no llegar a un consenso, la autoridad encargada del registro civil lo echará a la suerte.
Publicidad