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Un trascendental fallo de la Corte Suprema de Justicia advierte que las investigaciones por el crimen de una mujer deben ir más allá de lo contenido en la ley para determinar si se trata de un feminicidio.
“Ahí es donde se tiene que valer el investigador y el juez de esas pruebas circunstanciales, indiciarias, que a veces pueden pasar desapercibidas por el investigador. La presencia de un objeto, la presencia de unos líquidos”, afirmó Diego Corredor, magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
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Para establecer si el crimen de una mujer es un feminicidio, debe evaluarse si está en una de estas seis causales contenidas en la ley:
“Se dice, por ejemplo, que normalmente el feminicida utiliza sus manos contra la víctima”, anotó el magistrado Corredor, al considerar que eso tiene que ver con una “manifestación de la fuerza, del poder, del hombre sobre la mujer”.
Para quienes tratan el feminicidio a diario, este fallo es de vital importancia.
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“Lo que puntualiza la Corte es que se tiene que observar desde la investigación y desde el juicio que efectivamente el delito se haya cometido por el hecho de ser mujer”, señaló Yamile Roncancio, de la Fundación Feminicidios Colombia.
Aseguró que no se trata de tomar venganza contra quienes asesinan a una mujer.
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“Se trata de un criterio de verdad que reconozca que a las mujeres nos matan por el hecho de ser mujeres”, apuntó Roncancio.
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En Colombia, en el último año, se presentaron 2.042 casos de feminicidios y se profirieron 100 condenas.
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