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Polémica por nuevo fallo de Corte Constitucional sobre aborto: ¿cuál es el alcance de la sentencia?

La Corte Constitucional precisó que el aborto no es un derecho fundamental y varias organizaciones de mujeres pidieron la nulidad de la decisión al considerarla inexacta. Entidades autodenominadas provida avalaron el fallo.

Nuevo fallo de Corte Constitucional sobre aborto causó polémica: "Pedimos la nulidad"

¿Es o no es un derecho fundamental el aborto? La Corte Constitucional dijo que no, ya que esto no se determinó en la sentencia que contempló la despenalización del aborto hasta la semana 24.

¿Pero esto quiere decir? Que el servicio de salud no está obligado a realizar un aborto sin que medie una explicación o análisis de la situación de la mujer que requiere el procedimiento, ya que el fallo solo se remitió a decir que este no tendrá cárcel cuando se practica dentro de ese límite de tiempo.

Sin embargo, recalcó que la interrupción voluntaria del embarazo sí es un derecho fundamental, pero solo en los tres casos permitidos, que son malformación del feto, peligro para la madre y violación, situaciones frente a las cuales el sistema de salud debe actuar, ya que se están protegiendo los derechos a la salud, la vida y la dignidad.

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Este pronunciamiento se dio al estudiar una tutela interpuesta por una indígena que pidió el aborto y en cuyo fallo un juez señaló que este era un derecho fundamental.

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La Corte Constitucional, si bien dijo que no es un derecho, reconoció que hay un vacío que deber resolver el Congreso con relación al cómo debe operar el servicio de salud frente a solicitudes para estos casos.

Mientras el Congreso legisla sobre el tema, cuando una mujer solicite un aborto, los médicos deben hacer una ponderación entre los derechos a la vida de la madre y de quien está por nacer, teniendo en cuenta la situación de la ciudadana al momento de pedir esa práctica.

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La determinación ha generado polémica, porque organizaciones de mujeres, en cabeza de Causa Justa -que fue la encargada de interponer las acciones que terminaron con la despenalización del aborto- y Jacarandas, han elevado una serie de nulidades.

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Dicen que el fallo es impreciso y que incluso una resolución del Ministerio de Salud ampara el derecho a la salud. “Nosotros pedimos la nulidad por riesgo de incongruencia, porque tiene cosas como que son interpretaciones y que pueden llevar a futuras barreras porque desconoce que el ministerio ya expidió una resolución, porque desconoce el precedente de la corte, cuando dice que el médico puede ponderar. Entonces, ya no tenemos aborto libre”, aseguró Viviana Bohórquez, de la organización Jacarandas.

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Por su parte, Ana Cristina González, de Causa Justa, apuntó que, “en enero de 2023, el Ministerio de Salud expidió la resolución 051, justamente respondiendo el llamado que le hizo la corte en el año 2022… y esa resolución es clara en delimitar y delinear las obligaciones que tienen los prestadores para brindar la atenciones relacionadas con la interrupción voluntaria del embarazo”.

A esto se contrapone lo que dicen las organizaciones autodenominadas provida, las cuales sostienen que el fallo de la Corte Constitucional es legítimo y que lo único que está avalado es la despenalización del aborto.

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“Muy importante porque lo que dice es que el aborto se ha despenalizado. ¿Qué quiere decir? Que sigue siendo un crimen, pero no se castiga. No hay legalización porque no hay ley para el aborto, entonces lo que tenemos es una despenalización”, afirmó Jesús Magaña, de Unidos por la Vida.

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Con este panorama, el tema del aborto vuelve a la Corte Constitucional para analizar y pronunciarse frente a dichas nulidades.

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