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Cabezote sección COLOMBIA Noticias Caracol 2025 DK

¿Qué hago si mi casa se cayó por el terremoto y está asegurada? Fasecolda responde

Fasecolda explicó algunas de las dudas frecuentes de los colombianos que resultaron damnificados por el terremoto del 10 de agosto.

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Luego de nueve días del terremoto en Colombia, las autoridades siguen con las labores de búsqueda de desaparecidos mientras se inician los planes de reconstrucción, para los que se estiman 30 billones de pesos. La Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres, en un balance, señaló que el temblor dejó 134.124 viviendas averiadas, 29.548 viviendas destruidas, 5.808 edificios averiados y 277 edificios colapsados.

Gustavo Morales, presidente de Fasecolda, explicó en Noticias Caracol algunas de las dudas frecuentes de las personas que tienen aseguradas sus viviendas y lo que pueden hacer luego de que sus casas se vieran afectadas.

¿Qué es lo primero que debo hacer si mi casa sufrió daños o se cayó?

Lo primero es garantizar la seguridad de las personas. Una vez a salvo, debe comunicarse con su compañía de seguros o su intermediario. Si el seguro está asociado a un crédito hipotecario, debe acudir a su banco para recibir orientación.

No sé si tengo un seguro, ¿cómo puedo averiguarlo?

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Para zonas comunes (Propiedad Horizontal): Puede consultar el Registro Único de Seguros (RUS) en la página RUS.com para verificar si el edificio cuenta con póliza.

Para seguros individuales: Puede ingresar a la página de Fasecolda para obtener la lista de contactos de todas las aseguradoras y consultar una por una con su número de cédula.

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Perdí mis documentos en el desastre, ¿puedo hacer la reclamación sin papeles?
Sí. Las aseguradoras atenderán su caso utilizando el número de su cédula. Aunque en algunos casos podrían solicitar un certificado de pérdida, con la cédula se puede acceder a la información y orientación necesaria.

¿El seguro paga el arriendo de otro lugar mientras se soluciona el problema?
Depende de cada contrato. Algunas pólizas incluyen un servicio de asistencia para estos casos, pero otras no. Es necesario revisar las condiciones específicas de su seguro.

¿Me pagarán el valor actual de reconstrucción o el valor de hace años?
Se pagará el valor asegurado que figure en la póliza. Si usted actualizó el valor comercial al renovar, le pagarán con precios actuales (restando el deducible). Si no actualizó el valor por años, la aseguradora solo podrá cubrir el monto pactado originalmente.

¿Están cubiertos los objetos dentro de la casa (muebles, ropa, herramientas)?
Solo si cuenta con una póliza de contenido o si su póliza de hogar tiene una cobertura adicional para estos bienes.

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¿Es cierto que solo tengo tres días para reclamar?
No, eso es falso. Aunque se recomienda hacerlo lo más pronto posible para agilizar el proceso, legalmente el término para reclamar es de 2 años.

Si mi casa está hipotecada, ¿tengo seguro obligatoriamente?
Prácticamente en todos los casos sí, ya que es un requisito de ley y de los bancos exigir un seguro que proteja la garantía de la deuda.

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¿Qué pasa si mi casa no estaba asegurada?
Desde el sector asegurador no hay forma de ayudar en ese caso. Pagar por un bien no asegurado sería ilegal, ya que los recursos de las aseguradoras son de interés público.

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