La Corte Constitucional determinó que los derechos de las madres en estado de embarazo y lactancia para no ser despedidas se extenderán al padre.
El pronunciamiento fue hecho al estudiar una demanda al Código de Trabajo que considera que la norma era discriminatoria.
La medida señala que el hombre no puede ser despedido de una empresa mientras su mujer esté en embarazo o en etapa de lactancia, y ampara no solo a parejas heterosexuales, sino también a las del mismo sexo.
El empleado debe demostrar que su compañera depende económicamente de él para conservar el puesto.
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En caso de que la empresa quiera prescindir de los servicios del trabajador, así como en el caso de una mujer gestante o que acabe de dar a luz, debe solicitar un permiso del Ministerio de Trabajo.