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En Colombia, al igual que en muchos otros países, el arriendo mensual o arriendo a corto plazo se ha convertido en una alternativa de vivienda cada vez más popular, especialmente entre jóvenes profesionales, estudiantes y personas que buscan flexibilidad en su lugar de residencia.
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El arriendo de inmuebles en Colombia se encuentra regulado por el Código Civil, el cual define los derechos y obligaciones de ambas partes involucradas.
En los artículos 1975 a 2034 del Código Civil Colombiano se establecen normas específicas relacionadas con los contratos de arrendamiento. Aunque la ley proporciona parámetros claros para los acuerdos de arriendo, es importante tener en cuenta que cada contrato es único y puede incluir cláusulas específicas acordadas por ambas partes.
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Según el artículo 10 de la Ley 820 de 2003, el arrendatario tiene un período de gracia de 5 días calendario después de la fecha de vencimiento del arriendo para ponerse al día con su pago sin incurrir en sanciones adicionales, plazo diseñado para ofrecer cierta flexibilidad a los inquilinos que puedan enfrentar dificultades temporales para cumplir con sus obligaciones financieras.
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Pero, ¿qué puede pasar si el arrendatario no realiza el pago dentro de los 5 días siguientes? El arrendador tiene el derecho de tomar medidas legales para exigir el cumplimiento del contrato. Estas medidas pueden incluir la imposición de intereses de mora, que generalmente están estipulados en el contrato de arrendamiento, así como la posible terminación del contrato de arrendamiento y el desalojo del inmueble.