

Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció que los ciudadanos ya pueden consultar y descargar su información exógena del año gravable 2024, a través del portal web de la Dian. Esta información, que es recolectada por la entidad a partir de los reportes entregados por bancos, empleadores, notarías y otras fuentes, constituye una herramienta de consulta clave para los contribuyentes que están obligados a declarar renta este año.
La habilitación de la consulta, que se dio a partir del 30 de julio de 2025, es un paso importante en el cronograma tributario del país. Según lo explicado por la entidad, esta medida de la Dian busca facilitar a los ciudadanos la elaboración de su declaración de renta, reducir errores en el reporte de datos y contribuir al cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Para consultar esta información, es necesario estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT) y tener habilitada una cuenta de usuario en la plataforma Muisca de la Dian. Si el usuario es nuevo, el acceso a la información estará disponible aproximadamente una semana después de completar el registro y la activación del perfil. Estos son los pasos que debe seguir:
Publicidad
En ese archivo encontrará los nombres de las entidades que reportaron, los conceptos reportados, los valores asociados y un resumen automático de ingresos, patrimonio, compras y otros indicadores que pueden determinar si debe declarar o no.
Contribuyente deben tener en cuenta que la información exógena tributaria es el conjunto de datos que empresas, entidades financieras, fondos de pensiones, notarías, aseguradoras, universidades y otras organizaciones reportan directamente a la Dian sobre las actividades económicas de las personas naturales y jurídicas. Entre los conceptos que incluye se encuentran:
Este conjunto de datos le permite a la Dian tener una base de comparación con la información que los contribuyentes declaran. A partir de ella, la entidad incluso puede sugerir declaraciones preliminares para facilitar el proceso, aunque estas sugerencias no eximen a los ciudadanos de revisar, complementar o corregir los datos si no reflejan su situación económica real.
Aunque no es obligatoria para diligenciar la declaración de renta, la información exógena puede ser de gran utilidad para los contribuyentes. Le permite al ciudadano conocer qué sabe la Dian sobre sus movimientos económicos, verificar si los datos coinciden con sus propios registros, detectar posibles omisiones en certificados de ingresos o pagos, y anticipar eventuales inconsistencias que podrían generar requerimientos o sanciones.
También es una herramienta útil cuando la persona ha extraviado sus certificados o no ha recibido a tiempo los documentos que deben emitir sus empleadores, entidades financieras u otros pagadores. En esos casos, el reporte de terceros puede servir como punto de partida para estimar correctamente los valores a declarar.
La Dian aclaró que no está facultada para modificar la información reportada por terceros. Si al revisar el archivo encuentra inconsistencias o datos incorrectos, debe contactar directamente a la entidad o persona que reportó la información. En el archivo descargado encontrará una columna llamada "Persona que reporta", donde aparecen los nombres y datos de contacto. Por ejemplo, si un banco reporta un saldo que usted ya había retirado, o una empresa informa un valor de ingresos que no corresponde, deberá comunicarse con ellos para que aclaren o rectifiquen ante la Dian.
La temporada de declaración de renta para personas naturales en 2025 inicia el 12 de agosto y se extiende hasta el 24 de octubre. La fecha límite depende de los dos últimos dígitos del NIT o número de cédula, sin tener en cuenta el dígito de verificación. La tabla publicada por la Dian establece lo siguiente:
Por ejemplo, si su cédula termina en 34, deberá declarar a más tardar el 3 de septiembre; si termina en 99, su fecha límite es el 24 de octubre. Para el año gravable 2024, las personas naturales están obligadas a declarar renta si cumplen alguna de las siguientes condiciones:
Es importante aclarar que declarar no necesariamente significa que se deba pagar impuesto. En muchos casos, la declaración refleja un saldo en ceros o un saldo a favor del contribuyente. Sin embargo, la obligación formal de declarar sigue vigente si se supera alguno de los topes mencionados.
Si una persona obligada a declarar no presenta su declaración dentro del plazo correspondiente, puede enfrentarse a sanciones económicas impuestas por la Dian. Estas pueden incluir:
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co
Publicidad