Se ha vuelto muy común hablar de vandalismo y terrorismo y no siempre son bien utilizadas estas expresiones. El docente de la Universidad Libre, Luis Gonzalo Lozano, explica el significado de ambos términos y sus diferencias jurídicas.
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Terrorismo: “se considera un delito de mayor entidad, que tiene una pena bastante considerable de 15 a 27 años aproximadamente de prisión y tiene tres condiciones: el ánimo de crear un estado de zozobra o pánico en la población o en un sector poniendo en peligro la vida, la integridad, los bienes”, indicó el docente.
Por su parte, el delito de vandalismo es una novedad en el país desde el 2019, como también es novedoso que se penaliza la inducción o motivación a cometer actos similares.
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“En el marco de una protesta pacífica, que es un derecho, derecho de asociación, protesta pública y pacífica, unas personas dañen, atenten o destruyan bienes o privados, esa sería una modalidad y la otra sería que atenten contra los miembros de la fuerza pública y tiene una pena inferior a la del terrorismo, es de 6 a 8, pero también tiene una modalidad con mayor reproche y una mayor sanción de 8 a 10 años en los eventos donde la persona oculte la identidad y cuando los daños sean superiores a 500 salarios mensuales vigentes y también cuando se lleven armas o explosivos de fabricación casera”, señaló Lozano.
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Se debe tener muy en cuenta en qué momento se cruza la delgada línea entre vandalismo y terrorismo.