El mandatario viola la primera enmienda y discrimina cuando realiza dicha acción a los usuarios de la red social, según la togada.
Naomi Reice Buchwald determinó que el bloqueo de contradictores por parte del presidente estadounidense es inconstitucional, así lo haga en su cuenta personal, @RealDonaldTrump.
La jueza federal concluyó que dicho perfil, que tiene 52 millones de seguidores, es una cuenta gubernamental, por ende, un espacio público, e incurre en una directa violación a la primera enmienda – que consagra que ninguna acción que limite la libre expresión- cuando bloquea a cualquier usuario.
“La exclusión de un individuo del foro público es proscrita por la primera enmienda y no puede ser justificada por los intereses del presidente”, declaró Reice.
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De igual manera, la juez de Nueva York solicitó que se pusiera fin a esta práctica: "Dado que ningún cargo gubernamental está por encima de la ley, asumimos que el presidente y Scavino (director de comunicaciones de la Casa Blanca) remediarán el bloqueo que hemos considerado inconstitucional”.
El fallo se dio debido a una demanda instaurada por siete ciudadanos e instituciones a los que Donald Trump proscribió de su cuenta personal.
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La acción judicial, que fue presentada bajo la tutela del Instituto Knight para la primera enmienda de la universidad de Columbia, enfatizó en las limitaciones que tenía el primer mandatario para silenciar los puntos de vista distintos.
La defensa de Trump esgrimió que el presidente tiene derecho, como cualquier ciudadano, de escoger con quién comparte espacio y con quién no. Además, que un perfil de Twitter no es un público, por lo cual no está excluyendo a nadie cuando lo bloquea.
La magistrada concluyó que el gobierno puede simplemente ignorar a los contradictores sin tener que bloquearlos y así no vulnerar su derecho a libre expresión.
“No se vulnera el derecho de una persona a hablar cuando el Gobierno simplemente ignora a esa persona mientras escucha a otras o amplifica una voz por encima de otras. Silenciar, por tanto, preserva la capacidad del silenciado de responder a un tuit, pero bloquear impide al bloqueado ver o replicar por completo a los tuits”, afirmó la jueza.
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El fallo ha generado rechazo entre los partidarios de Trump debido a que la togada fue nombrada durante el gobierno del demócrata Bill Clinton, en 1999.
La cuenta oficial de la presidencia ni la personal de Donald Trump se han manifestado por la decisión tomada.
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