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Exsenador Mario Castaño fue condenado a 15 años de cárcel

Según el fallo de la Corte Suprema de Justicia, Mario Castaño abusó de sus funciones para manipular diferentes procesos de contratación estatal en cuatro departamentos.

Exsenador Mario Castaño fue condenado a 15 años de cárcel
Por lo menos 20 personas han sido vinculadas con el caso de Mario Castaño -
Colprensa (Antonio Guzmán)

La Corte Suprema de Justicia condenó a 15 años de prisión al excongresista liberal Mario Castaño por abusar de sus funciones al liderar una red criminal, integrada por servidores públicos y particulares, dedicada a manipular diferentes procesos de contratación estatal en los departamentos de Cauca, Risaralda, Caldas y Tolima.

El exsenador Castaño había aceptado los cargos de concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación agravado consumado y otros en la modalidad de tentativa, estafa agravada y concusión.

Según la Corte Suprema, Mario Castaño lideró “una organización criminal conformada por funcionarios públicos y particulares que, de común acuerdo, en los años 2020 a 2022, habrían intervenido en la viabilidad de proyectos formulados por entes territoriales ante organismos del nivel central para, a través de la manipulación de contratos estatales, apropiarse de parte de recursos públicos en beneficio propio y de terceros”.

En la sentencia, el alto tribunal determinó que a Mario Castaño se le niega la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, por lo que continuará privado de la libertad.

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Además de la pena de cárcel, el exsenador deberá pagar una multa de 11.968,54 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, más $1.060.000.000.

La Corte Suprema se abstuvo de condenar a Mario Castaño “por los perjuicios morales reclamados por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”, así como “decretar la nulidad parcial de la aceptación de cargos por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos en relación con los estudios de diseño para la presentación de proyectos de canchas sintéticas de los municipios de Piendamó, Suárez y San Diego -Samaná-, así como los contratos de obras derivados de los convenios interadministrativos respecto de Piendamó y Balboa. Así mismo, por los delitos de peculado por apropiación en modalidad de tentativa, por los hechos relacionados con los proyectos de canchas sintéticas en los municipios de Suárez y San Diego, Samaná, así como lo relativo a los proyectos de Sacúdete en Armero Guayabal y Villamaría”.

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Contra la decisión del alto tribunal procede recurso de apelación.

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