Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Push Noticias Caracol
Reciba nuestras notificaciones con lo último de:
Ahora no
Activar

Publicidad

Petro dice que giro directo a clínicas y hospitales da “eficacia” a “recursos públicos” de la salud

El presidente Gustavo Petro se refirió al giro directo a clínicas y hospitales públicos, que ya cuenta con decreto firmado. “La ley nos permite”, aseguró el jefe de Estado.

Petro sobre giro directo
¿Qué dice el presidente Petro sobre el giro directo a clínicas y hospitales? -
Presidencia.

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, se refirió en sus redes sociales al sistema de salud en Colombia. Más exactamente, el mandatario hizo referencia al giro directo a las clínicas y hospitales públicos.

La ley nos permite girar directamente a hospitales y clínicas públicas y lo haremos para darle más eficacia a la utilización de los recursos públicos de la salud”, sostuvo el jefe de Estado en un mensaje que publicó en su cuenta de X.

petro giro directo.JPG
El presidente Petro habló del giro directo a clínicas y hospitales privados -
X.

El trino del presidente Petro llega después de que el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, confirmara que se firmó un decreto para permitir el giro directo a las prestadoras del servicio de salud en Colombia.

Esto significa que el Estado empezará a pagarle directamente a las clínicas y hospitales la proporción de la UPC (unidad de pago por capitación, dinero que se paga por cada afiliado a las EPS) y el 100% de los presupuestos máximos.

Publicidad

Según el Gobierno, esto mejorará el flujo y porcentaje de dinero para que las clínicas y hospitales tengan en su nómina todos los recursos para que el sector de la salud siga funcionando.

Se espera que en los próximos tres meses puedan abarcar cerca del 62% de los pagos y que esto ayude a que las intervenciones no afecten a los pacientes.

Publicidad

¿Cómo funcionará el giro directo?

Corresponderá al 80% para el régimen subsidiado, especialmente para todas las EPS del contributivo.

Para el régimen contributivo, el giro funcionará en todas las que no tienen patrimonio o indicadores adecuados en un 80%.

Las EPS solo pasarán la lista a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y esa entidad pagará directamente.

"La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, tiene a su cargo las funciones señaladas en los literales c) y d) del artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, relativas a 'efectuar el reconocimiento y pago de las unidades de pago por capitación y demás recursos del aseguramiento obligatorio en salud' y 'realizar los pagos, efectuar giros directos a los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud, de acuerdo con lo autorizado por el beneficiario de los recursos y adelantar las transferencias que correspondan a los diferentes agentes del sistema, que en todo caso optimice el flujo de recursos'".

  • Publicidad