
Actualizado: julio 28, 2021 08:42 p. m.
A propósito del caso Richard Aguilar, la Constitución es clara y en su artículo 134 se asegura que en ningún caso podrán ser reemplazadas las curules de quienes sean condenados por delitos contra la administración pública, entre otros.
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Tampoco quienes renuncien, habiendo sido vinculados en procesos penales por la comisión de delitos.
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Este sería el caso de Richard Aguilar y de José Edilberto ‘el Pájaro’ Caicedo, lo que significaría dos nuevas sillas vacías en el Congreso de la república.
Esto no debe tener muy contentos a Cambio Radical y al Partido de la U.