Luego de que reportaran múltiples quejas por parte de los usuarios de la Nueva EPS alrededor del país, la entidad informó este martes que cuenta con embargos judiciales por más de 2 billones de pesos por parte de cuatro juzgados, una cifra que compromete su operación y por ende la atención de los más de 11'700.000 afiliados. Asimismo, reiteró que ha realizado distintos llamado para "proteger los recursos que garantizan la prestación de servicios de salud".
La entidad indicó que actualmente los embargos mencionados "se concentran en aproximadamente 95 IPS que presentaron las demandas en el proceso de intervención de Nueva EPS, siendo en su mayoría (80%) las principales Instituciones privadas del país". Los cuatro juzgados que concentran el mayor número de medidas de embargo son el Juzgado Primero Civil del Circuito de Florencia - Caquetá, Juzgado Segundo Civil del Circuito de Florencia, Juzgado Segundo Promiscuo Municipal del Circuito de Puerto Rico – Caquetá y Juzgado 26 Civil del Circuito de Bogotá.
Además, resaltó que la cifra ya había sido duplicada en noviembre de 2025, cuando pasó de $422.000 a $887.000 millones. Ahora, acaba de incrementarse a más del doble, ascendiendo a $2.125.890.449.360 (dos billones, ciento veinticinco mil ochocientos noventa millones, cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta pesos) que "comprometen directamente toda la operación de la EPS".
"Estos recursos tienen un impacto importante en la prestación de servicios de salud y el flujo de recursos hacia la red prestadora y gestores farmacéuticos a nivel nacional; en este momento la Entidad tiene bloqueadas cuentas bancarias y recursos retenidos por parte de las diferentes fuentes de financiación , de allí que dicha decisión tome gran relevancia, pues solo se cuenta con el giro directo que llega cada semana para postulación hacia la red prestadora y limitación absoluta de uso de los recursos de tesorería", añadió la Nueva EPS en un comunicado.
La entidad, por otro lado, aseguró que los recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) son constitucional y legalmente inembargables, según el artículo 48 de la Constitución, así como las leyes 1438 de 2011 y 715 de 2002. !Además, la Circular 000032 de 2025 del Ministerio de Salud y la Circular 014 de 2018 de la Procuraduría reiteran que estos fondos, de naturaleza parafiscal y esenciales para garantizar el derecho fundamental a la salud, no pueden ser objeto de medidas cautelares", añadió.
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