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Corte Constitucional tumbó cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana

La Corte declaró inconstitucional el cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana a Fuerza Aeroespacial Colombiana, pues “es incompatible con lo previsto en los artículos 4 y 217”.

El cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana por Fuerza Aeroespacial Colombiana fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.

"La Sala encontró que dicha norma legal es incompatible con lo previsto en los artículos 4 y 217 de la Constitución, en la medida en que por medio de una ley ordinaria no se puede modificar la denominación dada por la Carta Política a la Fuerza Aérea", señaló la Corte Constitucional.

De acuerdo con la sentencia del alto tribunal, el Congreso de la República no puede cambiar, mediante una ley ordinaria, una decisión que está dentro de la Constitución.

“En este caso, en el artículo 217, la Constitución contempla y denomina a la Fuerza Aérea como parte de las Fuerzas Militares. Por lo tanto, la Corte concluyó que el legislador no tiene margen de configuración para modificar lo anterior y, de hacerlo, como ocurrió en este caso, transgrede lo previsto en el antedicho artículo y, además, el principio de supremacía de la Constitución, previsto en el artículo 4”, indicó.
Así las cosas, como el fallo es de público conocimiento, no puede seguir llamándosele Fuerza Aeroespacial Colombiana a la Fuerza Aérea Colombiana.

La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó esta decisión tras analizar una acción ciudadana que señalaba que los congresistas no podían cambiar el nombre de una institución.

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Fueron los ciudadanos Andrés Felipe Cano, Laura Inés Toro y Catalina Arce Cano quienes interpusieron una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 5 la ley 2302 de 2023 “por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones”.

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