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“El fallo no protege intereses políticos”, magistrada que ordenó suspender las marchas

Expertos analizaron la polémica decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para frenar las manifestaciones del paro nacional y el primero de mayo.

Magistrada marchas

Continúa la polémica por el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ordenó suspender las marchas del paro nacional de este miércoles 28 de abril y del sábado primero de mayo.

El principal argumento de la magistrada Nelly Villamizar es que se deben proteger los derechos a la salud, a la vida, a la salubridad pública y por eso ordenó suspender las manifestaciones hasta tanto no se implementen los respectivos protocolos de seguridad que garanticen que las movilizaciones transcurran con normalidad y hasta que no se alcance la inmunidad de rebaño.

Desde diferentes sectores cuestionaron la decisión que se conoció a puertas del paro nacional. Algunos argumentan que el derecho a la protesta social no se puede limitar con una decisión judicial.

Villamizar dijo que por quebrantos de salud no da entrevistas y que la decisión no obedece a intereses políticos sino por la actual crisis sanitaria.

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“El fallo no está protegiendo intereses políticos, lo único que hago es simplemente proteger la vida y la vida en las manifestaciones, no solo tiene que ver que el uso de la fuerza pública y la proporcionalidad de la misma y el comportamiento de los manifestantes, sino que en este momento se pone en peligro las vidas de los manifestantes cuando regresen a sus casas y sus familias”, dijo.

Luis Gilberto Ortegón, el magistrado que preside el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, aclaró que el fallo va dirigido a las autoridades de todo orden.

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La duda es: ¿se podía salir a marchar?

“Es una decisión libre de casa ciudadano, de los residentes en Colombia, y cada quien en su parecer, en su criterio, determinará si sale o no a marchar”, explicó Ortegón.

El constitucionalista Juan Manuel Charry dijo que los derechos fundamentales no son absolutos, y que “todos tienen limitaciones, principalmente por los derechos de los demás, por el orden público y el ordenamiento jurídico”.

Mientras que Kenneth Burbano, director del observatorio constitucional de la Universidad Libre, expresó que “una cosa es abrir un incidente de cumplimiento de una tutela bajo unos hechos concretos sobre protesta y otra la suspensión de una marcha programada hace unas semanas bajo unas circunstancias distintas”.

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De cualquier manera, la polémica está encendida.

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