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Falsos positivos: Estado deberá pagar $1.300 millones por masacre de Cajamarca

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Más de 1.300 millones de pesos tendrá que pagar el Ministerio de Defensa a la familia de un hombre que murió durante la denominada ‘masacre de Cajamarca’, ocurrida entre el 2 y el 6 de noviembre de 2003, en la zona conocida como Semillas de Agua, en zona rural de dicho municipio del Tolima.

La víctima fue presentada como miembro del frente 21 de las FARC por parte de uniformados de la compañía Búfalo de la sexta brigada del Ejército que se encontraba en la zona combatiendo a grupos delincuenciales.

Durante la investigación penal no se logró demostrar la vinculación de la víctima con el grupo subversivo, por el contrario, tres militares que pertenecían a dicha compañía fueron condenados no solo por su muerte y el desplazamiento forzado de su familia, sino también por la desaparición forzada, tortura y ejecución extrajudicial de otras personas de la región.

La sección tercera del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Hernán Andrade Rincón, manifestó su preocupación por el número de casos en los cuales miembros de la Fuerza Pública encubren, bajo la apariencia de muertos en combate, homicidios que obedecen a diversas circunstancias.

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“En este caso se echa de menos la adopción de medidas efectivas de vigilancia y control por parte de los superiores del Ejército Nacional, tendientes a lograr la cabal ejecución de la misión encomendada a sus subalternos, lo que denota indiferencia o tolerancia frente al comportamiento de los uniformados, hecho que resulta contradictorio si se considera que los mandos superiores de la institución deben realizar un constante monitoreo de sus posiciones y de sus movimientos, dado que  sus misiones de campo son precisas y concretas”, indica la sentencia.

La sala señaló que estos casos evidencian una falla sistemática y estructural relacionada con la comisión de tales violaciones graves a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario por parte de la Fuerza Pública del Estado colombiano.

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“A esto se le suma la ausencia de un riguroso control dentro de la institución militar, tanto en el proceso de incorporación a la institución, como en la permanencia y en el funcionamiento o ejercicio de funciones por parte de los miembros de la Fuerza Pública, falencias que debilitan la institución militar y que dificultan su adecuado accionar en pos de cumplir con el cometido que le es propio; de paso, se pierde legitimidad y se compromete la estabilidad misma del Estado y de la sociedad”, indica el fallo.

En la sentencia la sala le dio dos meses al Ministerio de Defensa para diseñar entre los comandantes de las brigadas y de los batallones del país un plan integral de inteligencia, con el fin de lograr un control estructural efectivo respecto de la incorporación, permanencia y funciones de los miembros del Ejército Nacional para evitar la comisión de delitos como los que dieron origen a esta condena.

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