La decisión fue adoptada por el Consejo de Estado, máximo tribunal administrativo y una de las cuatro altas cortes del país, en relación con el caso de Juan Diego Ruiz Valencia, ex auditor y ex contralor del municipio de Sonsón, en la provincia Antioquia, al occidente del país, ubicada a unos 185 kilómetros al noroeste de Bogotá.
La sentencia, con ponencia de la magistrada Stella Conto, relató que Ruiz se encontraba detenido preventivamente en su vivienda por su presunta responsabilidad en delitos contra la administración pública cuando fue sacado a la fuerza.
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"El 12 de junio de 1994 (Ruiz) fue sacado abruptamente de su lugar de detención por varios hombres armados que se identificaron como funcionarios de la Fiscalía General de la Nación y conducido hacía un rumbo desconocido", explicó el Consejo de Estado en sentencia divulgada por su oficina de prensa.
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De acuerdo con el alto tribunal, que normalmente dirime las demandas por perjuicios derivados de acciones u omisiones del Estado colombiano, "las autoridades públicas tienen la obligación de velar por la integridad y seguridad de todas las personas que se encuentran sometidas a custodia y protección por privación de la libertad".
Por esa irregularidad cometida por la Fiscalía, la Nación fue condenada a pagarles a los familiares de Ruiz 1.475 millones de pesos (o unos 721.000 dólares).
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El Consejo de Estado "aclaró que no se cuestiona a la Fiscalía porque concedió el beneficio de la detención domiciliaria, sino porque incumplió el deber de custodia y protección, lo que facilitó la comisión de un delito de lesa humanidad: la desaparición forzada, calificada como delito de lesa humanidad en el año de 1983 por la Organización de Estados Americanos (OEA)".
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Adicionalmente, la sentencia le ordenó al Fiscal General de la Nación que realice una ceremonia pública en la que, a nombre de la institución a su cargo, ofrezca excusas públicas a los familiares de Ruiz Valencia por la desaparición forzada de que fue víctima hace 20 años.
Bogotá.