
La medida quedó establecida a través del Decreto 001 firmado el 4 de enero. Para servicio público se aplica desde esa fecha y para particulares, a partir del 15.
Según el documento firmado por el alcalde de Cali, Maurice Armitage, la restricción para vehículos particulares, de servicio oficial y especiales de máximo cinco puestos rige en el horario de 6:00 a. m. a 10:00 a. m y de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. de lunes a viernes con el último dígito de la placa.
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Por lo tanto, la rotación quedó de la siguiente manera hasta el 30 de junio de 2018 para los automotores mencionados:
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Lunes: 3 y 4
Martes: 5 y 6
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Miércoles: 7 y 8
Jueves: 9 y 0
Viernes: 1 y 2
La medida para estos vehículos no aplica en días festivos y fines de semana. Sin embargo, para los automotores de servicio público, la restricción sí rige todos los días sin excepción y la rotación es diaria.
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Es decir que los taxis tendrán pico y placa esta semana (del 25 de junio al 30 de junio) así:
Lunes: 7 y 8
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Martes: 9 y 0
Miércoles: 1 y 2
Jueves: 3 y 4
Viernes: 5 y 6
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Sábado: 7 y 8
Su horario de restricción es de 6:00 a. m. a 5:00 a. m. del día siguiente.
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Este tipo de vehículos ya no tendrá restricción de pico y placa en... En el Decreto 001 de 2018 también se establecen 13 clases de excepciones entre las que figuran las caravanas presidenciales, ambulancias y vehículos adscritos al Ministerio de Defensa.
Los interesados en ser excluidos de la medida como parte de dichas excepciones deben hacer la solicitud ante la Secretaría de Gobierno y cumplir una serie de requisitos. Otra opción para evitar el pico y placa es pagar la tasa por congestión.
Para más información, consulte el decreto completo.
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