
En Colombia, la declaración de renta es una obligación tributaria que deben cumplir ciertos contribuyentes ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este proceso consiste en informar detalladamente los ingresos, patrimonio, gastos, deducciones y demás aspectos financieros del año gravable anterior, con el fin de determinar si se debe pagar impuesto sobre la renta y cuánto corresponde.
La declaración no implica necesariamente el pago de impuestos, ya que algunas personas pueden estar obligadas a declarar sin que esto genere una obligación de pago. Sin embargo, omitir esta responsabilidad puede acarrear sanciones económicas, intereses moratorios y otras consecuencias legales.
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Para el año gravable 2024, cuya declaración se realiza en 2025, el calendario tributario fue establecido mediante el Decreto 2229 de diciembre de 2023. Este decreto fija los plazos para que las personas naturales y sucesiones ilíquidas presenten su declaración de renta entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, dependiendo de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), excluyendo el dígito de verificación.
¿Quiénes deben declarar renta en Colombia en 2025?
La obligación de declarar renta no aplica a todos los ciudadanos. La DIAN establece una serie de condiciones que, de cumplirse, obligan a presentar la declaración. Para el año gravable 2024, las personas naturales deben declarar si cumplen con alguno de los siguientes requisitos:
- Responsabilidad en IVA: haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2024.
- Patrimonio bruto: tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, equivalente a $211.793.000 COP.
- Ingresos brutos: haber recibido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir, $65.891.000 COP.
- Consumos con tarjeta de crédito: realizar consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT durante el año.
- Compras y consumos totales: que el valor total de compras y consumos en el año haya superado los 1.400 UVT.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones: que el total acumulado en estos conceptos haya sido superior a 1.400 UVT.
Además, deben declarar quienes hayan tenido ingresos provenientes del exterior, posean activos fuera del país, o estén obligados por otras disposiciones específicas del Estatuto Tributario.
Calendario de declaración de renta para septiembre de 2025
Durante el mes de septiembre de 2025, las personas naturales que no sean consideradas grandes contribuyentes deberán presentar su declaración de renta según los dos últimos dígitos de su NIT o número de cédula. Noticias Caracol le comparte el cronograma oficial para este mes, según la Dian:
Últimos dígitos del NIT | Fecha límite para declarar |
---|---|
27 y 28 | 1 de septiembre de 2025 |
29 y 30 | 2 de septiembre de 2025 |
31 y 32 | 3 de septiembre de 2025 |
33 y 34 | 4 de septiembre de 2025 |
35 y 36 | 5 de septiembre de 2025 |
37 y 38 | 8 de septiembre de 2025 |
39 y 40 | 9 de septiembre de 2025 |
41 y 42 | 10 de septiembre de 2025 |
43 y 44 | 11 de septiembre de 2025 |
45 y 46 | 12 de septiembre de 2025 |
47 y 48 | 15 de septiembre de 2025 |
49 y 50 | 16 de septiembre de 2025 |
51 y 52 | 17 de septiembre de 2025 |
53 y 54 | 18 de septiembre de 2025 |
55 y 56 | 19 de septiembre de 2025 |
57 y 58 | 22 de septiembre de 2025 |
59 y 60 | 23 de septiembre de 2025 |
61 y 62 | 24 de septiembre de 2025 |
63 y 64 | 25 de septiembre de 2025 |
65 y 66 | 26 de septiembre de 2025 |
Tenga en cuenta que estas fechas corresponden al plazo máximo para presentar la declaración. Por eso, la recomendación es no esperar hasta el último día, teniendo en cuenta que cualquier inconveniente técnico o documental puede impedir el cumplimiento oportuno y generar sanciones.
Recomendaciones para hacer la declaración de renta correctamente
- Verificar si se está obligado a declarar: antes de iniciar el proceso, se debe confirmar si se cumplen los requisitos establecidos por la DIAN.
- Reunir la documentación necesaria: certificados de ingresos, extractos bancarios, certificados de retención, entre otros.
- Utilizar el formulario adecuado: las personas naturales residentes que no están obligadas a llevar contabilidad deben usar el formulario 210. Los no residentes deben utilizar el formulario 1103.
- Acceder a la plataforma Muisca: la DIAN dispone de una plataforma virtual para diligenciar y presentar la declaración.
- Realizar el pago correspondiente: si la declaración arroja un saldo a pagar, este debe cancelarse en una sola cuota, salvo que se trate de grandes contribuyentes.
- Guardar el comprobante de presentación: este documento es fundamental en caso de requerimientos posteriores por parte de la DIAN.
¿Qué pasa si no hago la declaración de renta a tiempo?
El incumplimiento de los plazos establecidos por la DIAN puede acarrear diversas consecuencias para el contribuyente. En primer lugar, se genera una sanción por extemporaneidad, la cual corresponde a un porcentaje del impuesto a pagar y aumenta conforme transcurre el tiempo sin presentar la declaración. Además, se aplican intereses moratorios sobre el valor del impuesto no cancelado oportunamente. En casos más graves, la omisión de la declaración puede dar lugar a una sanción por no declarar, que puede superar el 20% del valor de los ingresos brutos del contribuyente. Finalmente, esta situación puede derivar en restricciones legales que dificultan la realización de trámites financieros, comerciales o incluso migratorios.
ÁNGELA URREA PARRA
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