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El error común por el que puede terminar pagando más en la declaración de renta

La obligación tributaria de presentar la declaración de renta puede trae varios conceptos confusos que lo pueden llevar a errores. Aquí le explicamos sobre las equivocaciones más comunes al momento de diligenciar este documento.

El error común por el que puede terminar pagando más en la declaración de renta
Imagen de referencia de la declaración de renta.
Pixabay

La declaración de renta para personas naturales ya inició su calendario de presentación ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Cada día se vence el plazo para un nuevo grupo de personas. En esta declaración una persona debe registrar sus ingresos, gastos y propiedades para el año gravable 2024, con eso se define si debe efectuar algún pago de impuestos.

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El pasado martes 12 de agosto, las personas naturales cuyos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT) sea 01 y 02 debían presentar la declaración. Al día siguiente, los encargados en hacer ese procedimiento eran aquellos cuyo NIT termine en 03 y 04. Así sucesivamente hasta llegar al día viernes 24 de octubre de 2025.

Entre los requisitos para que una persona declare renta es que durante el año gravable 2024 hayan tenido ingresos iguales o superiores a 65.891.000 pesos o que su patrimonio fuera igual o superior a 211.793.000 pesos.

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Lea: ¿De cuánto es la multa por no presentar la declaración de renta?

Equivocaciones al presentar la declaración de renta

Es común que las personas cometan errores al momento de ingresar los datos en su declaración de renta. Para empezar, los obligados a presentar esta declaración tributaria a menudo confunden los términos a los que se refiere la DIAN. Por ejemplo, ingresos, gastos, ganancias y propiedades indican cosas diferentes. Conozca a qué se refiere cada concepto:

  • Contribuyentes: son contribuyentes o responsables directos del pago del tributo los sujetos respecto de quienes se realiza el hecho generador de la obligación sustancial.
  • Ganancias ocasionales: ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no hace parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional como ganar la lotería o una rifa.
  • IL: Ingreso Laboral.
  • IT: Ingreso Tributario.
  • IBRC: Ingresos Brutos Rentas de Capital.
  • IBRNL: Ingresos Brutos Rentas No Laborales.
  • IBRT: Ingresos Brutos Rentas de Trabajo.
  • INCR: Ingresos No Constitutivos de Renta.
  • NIT: Número de Identificación Tributaria, que constituye el código de identificación de los inscritos en el RUT.
  • Registro Único Tributario (RUT): constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
  • Residencia para efectos fiscales: concepto de residencia fiscal en Colombia se refiere a la permanencia de las personas, continua o discontinua en el país, por más de 183 días calendario durante un período cualquiera de 365 días calendario consecutivos.
  • Residentes: se refiere a residente fiscal, independientemente de que se encuentre dentro o fuera del país.
  • RC: Rentas de Capital.
  • RLC: Renta Líquida de Capital.
  • RLT: Renta Líquida de Trabajo.
  • RLNL: Renta Líquida No Laboral.
  • RLCP: Renta Líquida Cedular de Pensiones.
  • RLCT: Renta Líquida Cedular de Trabajo.
  • RNL: Rentas No Laborales.
  • RT: Rentas Laborales.
  • Unidad de Valor Tributario (UVT): es una unidad de medida de valor, que tiene como objetivo representar los valores tributarios que se encontraban anteriormente expresados en pesos.

El error común por el que puede terminar pagando más en la declaración de renta

Asimismo, los expertos alertaron que cuando usted se pasa dinero de una cuenta a otra, así ambas sean suyas, puede sumar como ingresos únicos que después deberán ser declarados. Otros ingresos como recolectas de dinero o que usted prestó dinero que después le regresan, también aplican. Debe diligenciar debidamente el formulario de la declaración de renta para evitar ingresos duplicados.

Tenga en cuenta que también hay rentas exentas o deducibles que se restan de la declaración de renta. "Para evitar que se generen errores y garantizar que el sistema efectúe el cálculo correcto de las rentas exentas y deducciones imputables (limitadas) en los renglones 36, 44 y 56 del Formulario 210, es indispensable que atiendas la indicaciones dispuestas", se lee en un comunicado de la DIAN.

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Lea: ¿Cómo saber si debo presentar la declaración de renta?

Otros errores comunes al presentar la declaración de renta

  • No reportar todos los ingresos, como rentas de capital, ingresos en plataformas digitales o ganancias ocasionales.
  • Omisión de del patrimonio total, como propiedades, vehículos o inversiones en el exterior.
  • Ignorar las deducciones permitidas, como gastos en salud, educación, aportes voluntarios o dependientes económicos.

Recomendaciones de la DIAN

Esto explica la DIAN sobre algunas de las rentas exentas y los deducibles para su declaración de renta, con eso evita que le cobren más de lo que debe:
Si tiene rentas exentas que no se encuentren limitadas con el 40% o 5.040 UVTs respectivamente, incluya el valor de la exención en la respuesta de la pregunta correspondiente.

Si obtuvo ingreso por rentas de trabajo incluye el valor en el renglón 31, los ingresos brutos de las rentas de capital en la casilla 38 e incluye los ingresos brutos de las rentas no laborales en la casilla 49. Diligencia los renglones correspondientes a los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional de las tres rentas en la Cédula General (renglones 32, 39 y 51). Registre el valor de la casilla 50- Devoluciones, rebajas y descuentos de las rentas no laborales.

Diligencia los demás campos de la Cédula General. Si al guardar el borrador, el Sistema Informático Electrónico de Diligenciamiento le muestra error y le sugiere un valor a incluir en las casillas de las rentas exentas limitadas (renglones 36, 44 o 56), regístrelo en la casilla de rentas exentas anterior a la casilla sugerida en el mensaje que te muestra el sistema (renglones 35, 43 o 55).

MATEO MEDINA ESCOBAR
NOTICIAS CARACOL