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El ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas, radicó la reforma tributaria o ley de financiamiento ante el Congreso, con la que el Gobierno nacional busca recaudar 26,3 billones de pesos. El proyecto contempla subir impuestos en varios productos y servicios de los ciudadanos y uno de los que especifica es el del precio de la gasolina, así como del ACPM.
Para el combustible, el aumento sería progresivo, según se lee en el documento que deberán estudiar los legisladores.
La reforma tributaria trata tres artículos sobre los combustibles y derivados del petróleo. Según el artículo 5, “en combustibles, se entiende que la base gravable para el impuesto a las ventas será: c) Para el distribuidor minorista. El ingreso al productor o comercializador del combustible y del alcohol carburante y/o biocombustible en la proporción autorizada por el Ministerio de Minas y Energía para convertirlo en combustible oxigenado, adicionado el margen mayorista y el margen minorista. El transporte al combustible no formará parte de la base gravable. Cuando se trate de ACPM, la venta por el distribuidor minorista estará excluida”.
Añade que para la “gasolina de aviación de 100/130 octanos, se entiende que la base gravable para el impuesto a las ventas será: c) Para el distribuidor minorista. El precio oficial de lista en refinería adicionando el margen de comercialización o distribuidor mayorista y el margen del minorista”.
El artículo 6 trata sobre la gasolina y el ACPM. En él se lee que “para el año 2026 la tarifa del ingreso al productor en la venta de gasolina será del 10%. A partir del 1 de enero de 2027 estará gravado a la tarifa general”, con un aumento del 19%.
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En cuanto al ACPM, indica que “para los años 2026 y 2027, la tarifa del ingreso al productor en la venta de ACPM será del 10% y a partir del 1 de enero de 2028 aplicará la tarifa general”.
Agrega que “a partir del 1 de enero de 2027 el biocombustible de origen vegetal o animal para uso en motores diésel de producción nacional con destino a la mezcla con ACPM estará gravado a la tarifa general. 4. A partir del 1 de julio de 2026 el alcohol carburante con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores estará gravado a la tarifa general. 5. Para todos los demás combustibles derivados del petróleo y sujetos responsables de estos bienes, se aplicará la tarifa general desde el 1 de enero de 2026”.
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En el artículo 7 de la reforma tributaria, indica que “el Ministerio de Minas y Energía señalará los precios de los productos refinados derivados del petróleo y del gas natural para los efectos de liquidar el impuesto sobre las ventas en la venta de los productos regulados”.
Actualmente, en promedio, el galón de gasolina se vende en $15.868 y el de ACPM en $10.685.
También contempla IVA para juegos de suerte y azar en línea del 19%; licores, vinos y aperitivos subirían 19% en 2026; el impuesto de renta, instituciones financieras y aseguradoras en el 50%; ganancias ocasionales, que comprende loterías, rifas, apuestas o herencias, con una tarifa fijada en el 30%.
Las iglesias también están en el proyecto, pero no se especifica qué porcentaje subiría.
El ministro de Hacienda recalcó que con la ley de financiamiento no se tocarían los productos básicos de la canasta familiar.
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POR SANDRA SORIANO SORIANO
COORDINADORA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
smsorian@caracoltv.com.co