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Compensar da subsidio de arriendo con opción para comprar vivienda: requisitos y cómo aplicar

La opción que brinda la caja de compensación le permite pagar un canon mensual reducido gracias al subsidio de arriendo, mientras se prepara para adquirir la vivienda. Tome nota.

Compensar da subsidio de arriendo con opción para comprar vivienda
Compensar da subsidio de arriendo con opción para comprar vivienda -
Getty Images - Compensar

Compensar ha estructurado una modalidad de subsidio de arrendamiento con opción de compra, dirigida a sus afiliados que buscan una solución habitacional a mediano plazo. Este programa permite que los hogares beneficiarios arrienden una vivienda nueva de interés social, con la posibilidad de adquirirla posteriormente, siempre que se cumplan las condiciones establecidas. La iniciativa se enmarca dentro de las estrategias de vivienda de la caja de compensación y está sujeta a disponibilidad de recursos.

¿En qué consiste el subsidio de arriendo con opción de compra de Compensar?

La modalidad de arriendo con opción de compra permite a los afiliados utilizar el subsidio de arrendamiento por un plazo máximo de 12 meses sobre una vivienda nueva de interés social que no haya sido habitada anteriormente. Durante este tiempo, el hogar beneficiario paga un canon mensual reducido gracias al subsidio, mientras se prepara para adquirir el inmueble.

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El contrato de arrendamiento debe incluir una cláusula expresa de opción de compra, lo cual implica que, al finalizar el periodo de arriendo, el hogar puede solicitar el subsidio de vivienda para formalizar la adquisición del inmueble. Esta modalidad está diseñada para facilitar la transición del arriendo a la propiedad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por Compensar.

Requisitos para postularse al subsidio de arriendo de Compensar

Para acceder al subsidio de arriendo con opción de compra, el hogar postulante debe cumplir con condiciones relacionadas tanto con el núcleo familiar como con la vivienda seleccionada. A continuación, se detallan los principales requisitos:

Requisitos del hogar

  • Estar afiliado a la Caja de Compensación Familiar Compensar.
  1. Dependientes: contar con tres (3) meses de afiliación y aportes a la caja.
  2. Pensionados (2%): contar con tres (3) meses de afiliación y aportes a la caja.
  3. Independientes y contratistas (2%): contar con doce (12) meses de afiliación y aportes a la caja.
  • Tener ingresos familiares iguales o inferiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (en 2025 son $2.847.000).
  • No haber sido beneficiario de un subsidio de vivienda a nivel nacional.
  • Ninguno de los integrantes del hogar debe ser propietario o poseedor de vivienda, lote o finca en el territorio nacional.

Requisitos de la vivienda

  • Debe tratarse de una vivienda nueva de interés social, ubicada en zona urbana de Bogotá o municipios de Cundinamarca.
  • El inmueble no debe haber sido habitado anteriormente.
  • El canon mensual de arrendamiento no debe superar el 1% del valor máximo permitido para vivienda de interés social (135 o 150 salarios mínimos, según el municipio).
  • La vivienda debe ser una unidad independiente, apta para habitar, con servicios públicos básicos (acueducto y energía) y medidores instalados.
  • El inmueble debe contar con título de propiedad sin embargos ni procesos judiciales.

Documentación requerida

Durante el proceso de postulación, se deben presentar documentos tanto del hogar como del inmueble. La validación de estos documentos será realizada por asesores de Compensar, quienes acompañarán al postulante en cada etapa del proceso.

Documentos del hogar

  • Formulario de postulación debidamente diligenciado.
  • Copia legible del documento de identidad de los mayores de edad.
  • Certificados laborales o de ingresos de todos los integrantes mayores de edad del grupo familiar.
  • Para trabajadores dependientes: certificado laboral con vigencia no mayor a 30 días.
  • Para trabajadores independientes: certificación de ingresos expedida por contador público, acompañada de copia de cédula, tarjeta profesional y antecedentes disciplinarios del contador.
  • Para contratistas: copia del contrato vigente o certificación de la entidad contratante.
  • Para pensionados: desprendible de mesada pensional o certificación de la entidad pensionadora.

Estado civil: documentación requerida según el caso

1. Soltero (separado de matrimonio civil o católico)
Si en la afiliación a la caja de compensación se registró inicialmente como casado y luego se actualizó el estado civil a soltero, se debe presentar uno de los siguientes documentos:

  • Registro civil de matrimonio con nota marginal de disolución y liquidación de la sociedad conyugal.
  • Sentencia de divorcio.
  • Documento que certifique la cesación de efectos civiles del matrimonio.

2. Soltero (separado de unión marital de hecho)
Si se registró inicialmente como en unión libre y luego se actualizó el estado civil a soltero, los documentos requeridos varían según la situación: Si la unión fue declarada formalmente:

  • Acta de conciliación.
  • Sentencia judicial.
  • Escritura pública que acredite la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial.

Si la unión no fue declarada formalmente:

  • Declaración extrajuicio notarial firmada por ambas partes, indicando la fecha de inicio y finalización de la convivencia.
  • Si no es posible obtener la firma de la otra parte o se desconoce su paradero:
  • Declaración extrajuicio notarial en la que se manifieste el desconocimiento del paradero del excompañero o excónyuge.
  • En dicha declaración se debe indicar que no se tiene conocimiento de demandas relacionadas con la declaración de unión marital de hecho.

3. Casado

  • Registro civil de matrimonio.
  • Unión libre
  • Se debe presentar uno de los siguientes documentos:
  • Acta de conciliación.
  • Sentencia judicial.
  • Escritura pública que acredite la unión marital de hecho (si ha sido declarada).
  • Declaración juramentada diligenciada en el formato establecido por Compensar (consultable en la guía oficial).

Documentos del inmueble

  • Avalúo comercial del inmueble, expedido por un avaluador con registro nacional, que certifique que el inmueble no ha sido habitado.
  • Licencia de construcción.
  • Certificado de libertad y tradición con PIN electrónico, emitido con vigencia máxima de 15 días.
  • Impuesto predial del año en curso o del año anterior.

La postulación al subsidio debe realizarse a través del formulario disponible en el portal de vivienda de Compensar. Una vez diligenciado y radicado el formulario, un asesor se comunicará con el postulante para verificar la información y orientar sobre los siguientes pasos.

Durante el proceso, se evaluará la documentación presentada, la viabilidad del inmueble y el cumplimiento de los requisitos. En caso de ser aprobado, el subsidio se asignará por un periodo de hasta 12 meses, durante los cuales se realizará el seguimiento correspondiente El contrato de arrendamiento debe incluir una cláusula que establezca la opción de compra del inmueble. Esta cláusula debe estar respaldada por la documentación legal correspondiente y reflejar el acuerdo entre el arrendador y el arrendatario.

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Al finalizar el periodo de arriendo, el hogar podrá postularse al subsidio de vivienda de Compensar para formalizar la compra del inmueble. Para ello, deberá cumplir con los requisitos vigentes para subsidio de adquisición, incluyendo la presentación de la promesa de compraventa, el plan de pagos y la certificación de la constructora sobre el pago de al menos seis cuotas del inmueble.

Seguimiento y causales de suspensión del subsidio de arriendo Compensar

Compensar realiza validaciones periódicas para verificar el cumplimiento de las condiciones del subsidio. Entre las causales de suspensión se encuentran:

  • Cambio de propietario del inmueble sin notificación previa.
  • Subarrendamiento o uso del inmueble por personas no incluidas en el grupo familiar.
  • Inconsistencias en el estado civil o en la afiliación del empleador.
  • Fallecimiento del postulante (en hogares unipersonales).
  • Pérdida de la condición de afiliado o falta de aportes al día.

En caso de presentarse alguna de estas situaciones, el subsidio puede ser suspendido o cancelado, según lo determine la entidad.

ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL