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Han transcurrido casi seis meses desde la promulgación de la reforma laboral en Colombia. Este documento, impulsado por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, introduce una serie de ajustes en los derechos de los trabajadores, modificando horarios, normativas y licencias vigentes hasta ahora. Aunque ciertas adaptaciones ya se han implementado, otras deben esperar un tiempo para su aplicación paulatina y gradual, procurando evitar modificaciones drásticas que puedan afectar, por ejemplo, a los empleadores.
Entre las disposiciones aprobadas, algunos artículos de la reforma, como el pago al 100 por ciento de dominicales o el ajuste en el inicio del horario nocturno, que ya no se contará a partir de las 9 p. m. sino de las 7 p. m., aún esperan su materialización. Mientras que para el primer punto se deben aguardar todavía dos años, los trabajadores colombianos pueden ir preparándose para el cambio en el inicio de la jornada nocturna, cuya vigencia iniciaría en muy pocas semanas. Con esta modificación, los empleados recibirán la remuneración equivalente al pago de horas nocturnas desde las 7 de la noche, y no desde las 9, como se establecía previamente.
Así las cosas, si un empleado tiene un horario de 2 de la tarde a 11 de la noche, comenzará a percibir el pago de horas nocturnas desde las 7 de la noche, devengando un recargo correspondiente a cuatro horas diarias. Este ajuste, aunque algunas empresas consideran que podría ser perjudicial, beneficia significativamente al trabajador, quien podrá contar con una suma de dinero adicional en cada pago recibido, lo que podría destinarse a gastos del hogar, entretenimiento o incluso a un mayor ahorro mensual.
Teniendo en cuenta lo estipulado tras la aprobación de la reforma laboral en Colombia, el pago de horas nocturnas, comprendidas entre las 7 de la noche y las 6 de la mañana, debía comenzar transcurridos seis meses desde la promulgación de la reforma. Considerando que la aprobación de dicha reforma se efectuó el pasado 25 de junio, la cuenta establece que el pago de horas nocturnas a partir de las 7 de la noche deberá iniciar el próximo 25 de diciembre de 2025.
A partir de esta fecha, quienes trabajen después de las 7 de la noche recibirán el pago por hora nocturna, el cual actualmente equivale al valor de una hora ordinaria más un aumento del 35 por ciento. En otras palabras, si una persona con salario mínimo mensual gana $ 6.470 pesos por hora, con este incremento deberá recibir un pago de $ 8.734 pesos colombianos.
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Una transformación significativa en la legislación laboral concierne a la compensación económica que reciben los empleados por el desempeño de sus funciones durante los días dominicales y festivos.
Actualmente, el recargo dominical o festivo se establece en un 75% sobre el valor de la hora de trabajo ordinaria. No obstante, se ha determinado un aumento gradual hasta alcanzar el 100%, siguiendo el siguiente cronograma:
Otra de las modificaciones que esperan los trabajadores colombianos para 2026 consiste en la reducción final de la jornada laboral semanal. Esta, que actualmente se encuentra en 44 horas, pasará a un máximo de 42 a partir del 15 de julio de 2026. Es importante destacar que esta reducción no se deriva de la reforma laboral, sino de la disminución gradual establecida por la Ley 2101 de 2021.
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JULIÁN CAMILO SANDOVAL
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
JSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO