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Las deudas que puede pagar con sus cesantías, según la ley en Colombia

Se puede usar el dinero de las cesantías para pagar obligaciones, aunque solo en casos específicos. Por lo general, el fondo efectúa el desembolso directamente a la entidad encargada del crédito.

Las deudas que puede pagar con sus cesantías, según la ley en Colombia
Las deudas que puede pagar con sus cesantías, según la ley en Colombia -
Getty Images

Las cesantías son una prestación social definida para ayudar económicamente a los colombianos que cuentan con un contrato de trabajo. Este recurso funciona como un ahorro que se acumula año tras año y que permanece en un fondo elegido por la persona trabajadora. Cabe aclarar que la ley define usos específicos, así como límites y requisitos para acceder a esos recursos.

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¿En qué casos se pueden retirar las cesantías?

La ley colombiana señala que las cesantías se acumulan en un fondo y pueden retirarse únicamente en situaciones específicas. Estos recursos se liquidan cada año y se consignan en el fondo antes del 14 de febrero siguiente. Según la Ley 50 de 1990 y otras disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo, el uso está limitado a escenarios previamente definidos por la ley.

Tal y como explican fondos como Porvenir y Protección, la finalidad de las cesantías es servir como respaldo en momentos de desempleo y para cubrir necesidades puntuales relacionadas con vivienda, educación, terminación del contrato, sustitución patronal y otros supuestos definidos por la normativa vigente. El carácter restringido del retiro se mantiene como regla general. La ley no permite el retiro para cualquier obligación financiera. Solo se autoriza en casos determinados.

¿Cuáles son las deudas que sí se pueden pagar con las cesantías?

Teniendo en cuenta lo que dice la ley en Colombia, únicamente existen dos tipos de deudas que pueden pagarse directamente con cesantías, pues están dentro de los usos autorizados por la legislación. Son las siguientes:

1. Créditos educativos

Los créditos educativos son el único tipo de deuda no relacionada con vivienda que puede pagarse con cesantías. La ley autoriza el retiro cuando el trabajador, su cónyuge o sus hijos se encuentran financiando estudios superiores mediante un préstamo. Esto incluye créditos con entidades estatales o con bancos. Los medios consultados coinciden en que los fondos de cesantías giran directamente el valor autorizado a la entidad que otorgó el crédito, no a la cuenta personal del trabajador. El procedimiento exige documentos que demuestren la existencia y valor de la deuda: certificado del crédito, estado de cuenta, saldo pendiente y soportes del programa académico financiado.

2. Créditos hipotecarios o de vivienda

Los créditos hipotecarios, así como otros préstamos relacionados con compra, construcción, ampliación o mejoramiento de vivienda, forman parte del otro tipo de deuda que puede pagarse con cesantías. Los fondos pueden aplicar el dinero a cuotas vencidas o por vencer, o incluso al saldo total del crédito. La transferencia también se hace de forma directa a la entidad financiera que administra la obligación.

¿Cuál es el procedimiento para pagar deudas con las cesantías?

Los fondos de cesantías requieren documentos específicos para autorizar el pago. Sin embargo, a nivel general, estos serían los documentos que debe presentar para solicitar el retiro de esta prestación:

  • Solicitud ante el fondo de cesantías: el trabajador presenta una solicitud indicando el tipo de crédito que desea cubrir.
  • Certificado del crédito.
  • Estado de cuenta.
  • Documento que muestre saldo pendiente.
  • Soportes de la institución educativa o certificación de la entidad bancaria.

El proceso inicia con la validación del fondo. En esta etapa, la entidad administradora revisa que el crédito presentado por el trabajador corresponda a alguna de las categorías autorizadas por la ley para el retiro de cesantías. Esta verificación determina si la solicitud cumple con los requisitos normativos y documentales exigidos por el sistema.

Después de ese paso, se realiza el giro directo. El fondo efectúa el desembolso enviando el dinero directamente a la entidad acreedora encargada del crédito. No se entrega el dinero a la cuenta del trabajador, tal como señalan los reportes publicados sobre el procedimiento de retiro en estos casos.

Ojo, porque el uso indebido de cesantías puede traer consecuencias. Si el trabajador falsea información para retirar recursos con destino no permitido, el fondo puede bloquear solicitudes posteriores, exigir devolución del dinero y reportar el caso a la entidad correspondiente. Adicionalmente, la empresa puede ejercer medidas disciplinarias en caso de fraude documental, dependiendo del reglamento interno.

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ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL

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