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Lo pueden multar con $600 mil por algo que muchos hacen sin saber en Bogotá: ¿de qué se trata?

Con cámaras instaladas en puntos clave de la ciudad, las autoridades identifican a los conductores que incumplen con esta norma. Le contamos cómo evitarla.

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La Ley 2251 de 2022, conocida como la Ley Julián Esteban, se establecieron límites de velocidad diferenciados según el tipo de vía -
Getty Images y Freepik

Conducir a más de 30 kilómetros por hora en ciertas zonas específicas puede costarle una multa superior a 600 mil pesos colombianos, según el Código Nacional de Tránsito. Esta sanción aplica principalmente en áreas escolares, hospitalarias y residenciales, donde la alta vulnerabilidad de los peatones y la siniestralidad han obligado a reforzar los controles.

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La medida no es nueva, pero sí se ha intensificado. Desde la implementación de la Ley 2251 de 2022, conocida como la Ley Julián Esteban, se establecieron límites de velocidad diferenciados según el tipo de vía. En zonas urbanas sensibles, el máximo permitido es de 30 km/h. Para garantizar su cumplimiento, la Secretaría de Movilidad de Bogotá ha instalado cámaras de fotodetección en ocho puntos estratégicos de la ciudad.

Estas cámaras no solo registran el exceso de velocidad, sino que también generan automáticamente el comparendo. El conductor recibe la notificación en su domicilio o correo electrónico, y si no paga a tiempo, la sanción puede escalar con intereses o incluso derivar en la suspensión de la licencia en casos de reincidencia.

Movilidad Bogotá
Una de las soluciones propuestas para reducir la dependencia del automóvil es fomentar el uso de alternativas de movilidad sostenible, como la bicicleta y los vehículos eléctricos. -
Alcaldía de Bogotá

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¿Dónde están ubicadas las cámaras que sancionan por superar los 30 km/h?

Las cámaras de fotodetección están ubicadas en sectores con alta afluencia peatonal, especialmente cerca de colegios, hospitales y zonas residenciales. Estos son los puntos donde no se puede superar los 30 km/h:

  • Calle 139 con carrera 131 (sentido este - oeste)
  • Av. Ciudad de Cali con calle 135A (sentido sur - norte y norte - sur)
  • Av. carrera 10 con calle 13 sur (ambos sentidos)
  • Carrera 33 con calle 41 sur (ambos sentidos)
  • Calle 63 Sur con carrera 97B (sentido este - oeste)

Estas ubicaciones fueron seleccionadas tras estudios de movilidad y siniestralidad, y están debidamente señalizadas. Sin embargo, muchos conductores alegan no ver las señales o desconocer la normativa, lo que no los exime de la sanción.

Ley Julián Esteban y el artículo 106

La Ley 2251 de 2022 establece los siguientes límites de velocidad en Colombia:

  • 30 km/h en zonas escolares, hospitalarias y residenciales
  • 50 km/h en vías urbanas principales
  • 90 km/h en carreteras nacionales y departamentales
  • 120 km/h en vías de doble calzada sin pasos peatonales

El artículo 106 de esta ley faculta a las autoridades locales para delimitar zonas de velocidad reducida, como ocurre en Bogotá. La infracción por no respetar estos límites se clasifica bajo el código C05, que sanciona no reducir la velocidad en cruces escolares, hospitales o terminales de pasajeros, su valor final por no cumplirla está en $604.747 COP. Además, los casos donde aplica esta norma se dan en las siguientes situaciones:

  1. En lugares de concentración de personas y zonas residenciales.
  2. En zonas escolares en los horarios y días de funcionamiento de la institución educativa.
  3. Cuando se reduzcan las condiciones de visibilidad.
  4. Cuando la señales de tránsito así lo ordenen.
  5. En proximidad a una intersección
  6. Cuando transite por cruces de hospitales o terminales de pasajeros.

La norma explica: “Así no exista señal SR – 30 que regule la velocidad de circulación, en todos los casos anteriores, se deberá reducir la velocidad a 30 km/h, ya que si transitamos a esta velocidad, podemos reaccionar eficazmente ante una situación de peligro, por ejemplo, al llegar a una intersección disminuimos la velocidad a 30 km/h pasando en verde el semáforo y de pronto otro vehículo viola la luz roja, así sea inevitable el accidente, si evitaremos ostensiblemente las posibilidades de grandes daños, lesiones considerables o la muerte, en razón a que la fuerza de impacto está dada no solo al peso y masa de los vehículos colisionados sino también a la sumatoria de la velocidad de cada uno de los vehículos.”

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El artículo 106 de esta ley faculta a las autoridades locales para delimitar zonas de velocidad reducida, como ocurre en Bogotá. -
Getty Images

Recomendaciones para conductores

  1. Identifique las zonas de 30 km/h: están señalizadas con placas visibles. Si transita por zonas escolares o residenciales, reduzca la velocidad automáticamente.
  2. Use aplicaciones de navegación actualizadas: algunas apps como Waze o Google Maps alertan sobre cámaras de fotodetección.
  3. Revise su correo electrónico y físico: las notificaciones de fotomultas pueden llegar por ambos medios. Ignorarlas puede agravar la sanción.
  4. Consulte el SIMIT o la Secretaría de Movilidad: puede verificar si tiene comparendos pendientes y acceder a descuentos por pronto pago.

¿Qué pasa si reincide o no paga la multa?

Si un conductor acumula varias infracciones por exceso de velocidad, puede enfrentar:

  • Suspensión temporal de la licencia de conducción
  • Obligación de asistir a cursos de seguridad vial
  • Embargos o reportes en centrales de riesgo si no paga la multa

Además, en caso de siniestros viales donde se compruebe exceso de velocidad, el conductor podría enfrentar cargos penales por lesiones o incluso homicidio culposo.

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En caso de siniestros viales donde se compruebe exceso de velocidad, el conductor podría enfrentar cargos penales por lesiones o incluso homicidio culposo. -
Getty Images

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¿Qué hacer si cree que la fotomulta es injusta?

Todo ciudadano tiene derecho a impugnar una fotomulta. Para ello debe:

  • Solicitar una audiencia ante la Secretaría de Movilidad
  • Presentar pruebas (videos, testigos, fallas técnicas)
  • Verificar que la cámara esté debidamente autorizada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial

En algunos casos, las fotomultas han sido anuladas por errores en la calibración de las cámaras o por falta de señalización adecuada.

DANNA SOFÍA SUÁREZ G
PERIODISTA DE NOTICIAS CARACOL
DSSUAREZ@CARACOLTV.COM.CO