Luego de que la Corte Constitucional de Colombia avalara la mayor parte de la reforma pensional impulsada por el expresidente Gustavo Petro (2022-2026), una decisión que da vía libre a los principales cambios del sistema de jubilación, los colombianos se preguntan en qué régimen quedarían.
De hecho, la reforma establece un sistema de cuatro pilares: uno solidario, dirigido a adultos mayores en situación de pobreza; uno semicontributivo, para quienes cotizaron pero no alcanzaron las semanas necesarias para pensionarse; otro contributivo, que concentra la mayor parte de los aportes, y uno de ahorro individual, que mantiene la participación de los fondos privados.
Uno de los cambios centrales consiste en que los trabajadores deberán cotizar sus ingresos hasta un determinado umbral en el componente administrado por Colpensiones, el fondo estatal de pensiones, mientras que los recursos que superen ese límite podrán dirigirse al componente de ahorro individual administrado por los privados.
La norma también mantiene las edades actuales de jubilación, que en Colombia son de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres, y la cotización del 16 % del ingreso.
¿Qué es el régimen de transición?
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Pero, además, está en régimen de transición; es decir, quienes podrán permanecer bajo las condiciones del régimen pensional actual (ley 100 de 1993). Así, las mujeres que cuenten con 750 semanas cotizadas o más, y para el caso de los hombres, 900 o más semanas cotizadas a la entrada en vigencia. Lo que quiere decir que a este grupo de personas no les aplicará la nueva reforma.
Porvenir explica, por ejemplo, el caso de Diana Andrade, de 38 años, quien hará parte del régimen de transición, es decir, no le aplicarán las condiciones de la nueva Ley de Reforma pensional, dado que tiene 750 o más semanas cotizadas. En su caso, deberá seguir realizando sus aportes como hasta ahora. Y cuando tenga 45 años deberá solicitar la Doble Asesoría para definir si obtiene su beneficio pensional en un fondo privado o Colpensiones.
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Otro ejemplo es el de Pedro García, quien con 48 ya tiene 1.050 semanas cotizadas. En su caso, hará parte del régimen de
transición debido a que tiene 900 o más semanas cotizadas.
¿Hasta cuándo hay plazo de completar las semanas?
El expresidente de Colpensiones, Jaime Dussan, explicó que quienes busquen acceder al régimen de transición tienen hasta el 1 de abril de 2027 para completar las semanas requeridas.
“La gente que le faltan las semanas para completar las 750, en caso de las mujeres, y las 900, en hombres, las pueden completar antes del primero de abril del 2027, y, por supuesto, que se va a agilizar en este tiempo nuevamente las dobles asesorías de que habla el artículo 76 de la ley, y va a ser provechoso para la gente que pensaba que no tenía la oportunidad de las mil semanas, que no tenía la posibilidad de los beneficios que establece la ley. Hoy los va a tener, y esa es una actividad que tiene que adelantar tanto
Colpensiones como los fondos privados de pensiones”, señaló.
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¿Qué es la doble asesoría?
Según Colpensiones, la Doble Asesoría la deben realizar todas las personas que deseen trasladarse y se encuentren en Régimen de Transición: mujeres con 750 o más semanas cotizadas y hombres con 900 o más semanas cotizadas sin importar su edad.
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Además, las personas que cumplan con estas semanas y tengan 47 años o más (mujeres) o 52 años o más (hombres) podrán beneficiarse de la Oportunidad de Traslado, lo que les permitirá cambiar de régimen pensional (de Colpensiones a Fondos Privados o al revés).
Según esa misma entidad, se debe tener en cuenta que las personas que ya cumplieron la edad de pensión (57 años mujeres o 62 años hombres) también pueden beneficiarse de la oportunidad de traslado, y -por ende- deben hacer la Doble Asesoría si quieren trasladarse.
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