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Cabezote sección ECONOMÍA Noticias Caracol 2025 DK

¿Qué personas naturales tendrían que pagar más impuestos en Colombia con nueva reforma tributaria?

Con la radicación de la nueva ley de financiamiento en el Congreso de la República y una eventual aprobación de la misma, muchas personas quedan con dudas sobre los cambios que podrían presentarse a futuro en materia de impuestos.

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Estos son los cambios que se vendrían en caso de aprobarse la nueva reforma tributaria del Gobierno. -
Foto: Shutterstock y archivo

En la mañana de este lunes 1 de septiembre, el Gobierno Nacional, representado por el actual ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas, radicó la nueva reforma tributaria. Con esta ley de financiamiento, que llegó al Congreso en medio de múltiples tensiones, se busca recaudar una suma de 26,3 billones de pesos.

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El documento plantea la aplicación de impuestos sobre diferentes categorías, entre las cuales se incluyen la venta de bienes corporales muebles, la transferencia de derechos relacionados con activos intangibles vinculados exclusivamente a la propiedad industrial, así como sobre membresías o derechos de ingreso y la operación, venta o circulación de juegos de suerte y azar.

En el caso de los juegos de azar, el gravamen se causaría "en el momento de realización de la apuesta, expedición del documento, formulario, boleta o instrumento que da derecho a participar en el juego. Así mismo se causa cuando el usuario directo o destinatario de los mismos tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente, o la sede de su actividad económica en el territorio nacional", según precisa el proyecto.

El listado de actividades sujetas a este impuesto también incluiría: cuotas de administración en propiedad horizontal o pagos de afiliación a entidades no contribuyentes del impuesto de renta y complementarios; la prestación de servicios de parqueadero o estacionamiento; la explotación de áreas comunes por parte de personas jurídicas constituidas bajo la figura de propiedad horizontal o sus administradores; y los combustibles adquiridos por distribuidores minoristas.

Ahora bien, uno de los temas que mayor ha dado de que hablar es el referente a los impuestos para personas naturales, puesto que la nueva ley de financiamiento podría afectar a ciertas personas con algunos cambios en torno al impuesto sobre la renta o el relativo al patrimonio.

Con respecto al impuesto sobre la renta

Y es que si bien esta reforma tributaria no cambiaría la base gravable, sí hizo algunos ajustes con respecto a quienes deben hacer la respectiva declaración. Aquí le explicamos los principales puntos que debe tener en cuenta sobre los ajustes de la nueva reforma tributaria en este aspecto:

  • No se amplió la base gravable: esto significa que no cambiaron los rangos de ingresos a los que se aplica el impuesto de renta. Es decir, las categorías siguen siendo las mismas, pero lo que sí subieron fueron las tasas de algunos tramos.
  • Aumento de un punto porcentual para quienes tengan ingresos anuales entre 1.700 UVT ($84,65 millones) y 4.100 UVT ($204,17 millones): quienes tengan estos ingresos ahora pagarán 29% de impuesto en lugar de 28%.
  • Aumento de dos puntos porcentuales en la mayoría de categorías: el incremento fue en promedio de 2 puntos porcentuales para las demás categorías.

Con respecto al impuesto al patrimonio

Finalmente, esta nueva reforma tributaria, de ser aprobada, disminuiría la base gravable del impuesto al patrimonio de 72.000 UVT (cerca de 3.600 millones de pesos) a 40.000 UVT (alrededor de 1.990 millones de pesos). Con este nuevo ajuste, el Gobierno Nacional pretende ampliar el número de contribuyentes en esta materia, sumando una cifra cercana a los 105.330 contribuyentes adicionales.

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Con este ajuste, aquellas personas que cuenten con patrimonios superiores a los 40.000 UVT deberán pagar un impuesto del 0,5 por ciento; aquellos que alcancen los 70.000 UVT uno del 1 por ciento; los que superen los 120.000 UVT uno del 2 por ciento; los que alcancen los 2 millones de UVT uno del 3 % y, desde este número en adelante, un pago del 5 por ciento.

JULIÁN CAMILO SANDOVAL
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
JSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO

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