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Aunque para muchos llegar temprano puede representar una virtud, se convirtió en una cualidad no tan positiva para una mujer en España que terminó perdiendo su empleo por presentarse de forma recurrente antes de la hora establecida. El caso, que ha generado debate en redes sociales y entre expertos laborales, fue revisado por un juzgado de Alicante, el cual decidió respaldar la decisión de la empresa y avalar su despido.
La joven, de 22 años, trabajaba en una empresa de logística y desarrolló el hábito de llegar entre 30 y 45 minutos antes del inicio oficial de su turno, programado para las 7:30 a.m. Aunque la puntualidad suele verse como una señal de compromiso, para sus superiores esta práctica se convirtió en una situación problemática que empezó a afectar la dinámica del equipo.
Según la empresa, la trabajadora acudía constantemente a la oficina entre las 6:45 y las 7:00 de la mañana, marcando su entrada antes de lo permitido y tratando de iniciar labores cuando todavía no existían tareas disponibles para ella.
A pesar de que inicialmente las advertencias fueron verbales, la dirección decidió escalar el asunto y le comunicó formalmente que debía respetar el horario pactado. Incluso recibió una advertencia en 2023, pero la trabajadora continuó con su rutina de madrugar para ir al trabajo, acumulando 19 llegadas anticipadas más en los meses posteriores.
Ante la reiteración del comportamiento, la empresa decidió despedirla por lo que consideró una mala conducta grave. La justificación se centró en que la empleada estaba desobedeciendo instrucciones directas y afectando la coordinación del equipo, un aspecto que consideraban esencial para la operatividad del área logística.
La joven, inconforme con la decisión, decidió apelar el despido. Alegó que su llegada anticipada respondía a la carga de trabajo que debía asumir y que actuar con antelación era una forma de mantenerse al día con las labores asignadas. Sin embargo, durante el proceso no presentó pruebas que respaldaran esta afirmación.
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Asimismo, el empleador señaló que la trabajadora no solo incumplía el horario, sino que también intentó iniciar sesión en la aplicación de la empresa antes de llegar físicamente a la oficina en varias ocasiones. A esto se sumó otro incidente, la venta de la batería de un auto de la empresa, que de acuerdo con los medios locales habría hecho sin permiso, lo que para la compañía constituyó un patrón de deslealtad.
El Juzgado de lo Social de Alicante estudió el caso y concluyó que no se trataba simplemente de un problema de puntualidad, sino de una negativa reiterada a cumplir las normas internas. El fallo señaló que la conducta de la trabajadora “perjudicaba la organización interna y dañaba la relación de confianza”, aspectos esenciales en cualquier vínculo laboral. En consecuencia, el tribunal avaló el despido y determinó que la empresa actuó dentro de los límites establecidos por la ley.
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Mientras tanto, el caso generó reacciones divididas en redes sociales. Algunos usuarios mostraron apoyo a la joven, señalando que el despido parecía excesivo ante una conducta que, a simple vista, podría interpretarse como exceso de compromiso. “Si llegas tarde, se enfadan. Si llegas temprano, también”, comentó un usuario. Otros señalaron que nunca habían escuchado de alguien que perdiera su empleo por llegar antes de tiempo.
Sin embargo, el abogado español, conocido como "un tío legal", explicó que la sentencia emitida por el juzgado avala a la organización por la naturaleza del caso. Mencionó que realizar horas extras que no han sido solicitadas por la empresa, si "no está autorizado, se puede considerar un incumplimiento contractual y suficientemente grave como para despedirte, siempre que la sanción sea proporcional, como en este caso".
Explicó que el comportamiento de la mujer fue repetitivo y que tuvo varias llamadas de atención. Por lo tanto, recomendó seguir el horario de trabajo cuando empieza y cuando termina, y que, si hay una eventualidad, lo mejor es que todo quede por escrito para evitar despidos o sanciones.
La joven despedida todavía podría recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo de Valencia, aunque por ahora el fallo de Alicante mantiene su validez y respalda la postura de la empresa.
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HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRAN
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