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La filtración de un video íntimo sin consentimiento es un escenario que cada vez se vuelve más común en Colombia. El desarrollo de las redes sociales, el uso masivo de dispositivos electrónicos y el almacenamiento en la nube han incrementado el riesgo de que este tipo de contenidos privados terminen expuestos.
En el país existen consecuencias legales tanto para quien publica inicialmente como para quienes difunden o incluso amenazan con revelar este tipo de material. Para comprender el panorama jurídico, Noticias Caracol consultó a Jimmy Erazo Rivera, abogado penalista, quien explicó los delitos que pueden configurarse, las sanciones previstas por la ley y los mecanismos de defensa que tienen las víctimas.
De acuerdo con el abogado Erazo, el primer delito que se puede configurar es la violación de datos personales, contemplado en el artículo 269-F del Código Penal. Este se materializa cuando alguien accede, sustrae, utiliza o divulga información privada sin autorización de su titular. "En este caso hablamos de un contenido íntimo, que es un dato altamente protegido por la Constitución y la ley", señala el abogado.
Otro escenario posible surge cuando el material es obtenido a través de hackeo o manipulación indebida de un dispositivo electrónico. Allí aplicaría el delito de acceso abusivo a un sistema informático, descrito en el artículo 269-A, el cual castiga a quien accede de forma fraudulenta un computador, celular o cuenta digital para extraer información, sin el permiso del propietario.
Las penas por violación de datos personales oscilan entre 48 y 96 meses de prisión, además de multas que van desde 100 hasta 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Sin embargo, las sanciones pueden agravarse dependiendo de las circunstancias en las que se cometa la conducta. Si la divulgación se hace con ánimo de lucro, en perjuicio de otra persona o aprovechando la confianza depositada, las penas podrían aumentar hasta en tres cuartas partes.
Según Erazo, "el simple hecho de compartir el video, incluso si no se fue quien lo publicó inicialmente, también configura delito. La ley incluye varios verbos rectores: divulgar, intercambiar, vender, usar. Cualquiera de esas conductas implica responsabilidad penal". Esto significa que quienes reenvían un video íntimo por aplicaciones de mensajería o lo publican en redes sociales también se exponen a sanciones, aunque no hayan sido los autores de la filtración original.
Ante la aparición de un video íntimo sin consentimiento en internet o redes sociales, la recomendación principal del abogado es actuar rápidamente y la primera acción consiste en interponer la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, que es la autoridad competente para investigar. El abogado señala que cualquier elemento probatorio resulta útil en este proceso: "pantallazos, capturas de chats, correos electrónicos o cualquier prueba documental que permita demostrar la divulgación o amenaza de divulgación".
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En paralelo, la persona afectada puede solicitar a las plataformas digitales el retiro del contenido, invocando la violación de sus derechos de intimidad y las políticas internas de cada empresa. Este trámite se puede realizar en redes como Facebook, Instagram, TikTok o X (antes Twitter). En casos donde la permanencia del material en línea represente un daño irreparable, existe la opción de acudir a una acción de tutela, con el fin de obtener una orden judicial inmediata que ordene la eliminación del contenido.
Otro fenómeno asociado a la filtración de videos íntimos es la amenaza de publicarlos, incluso cuando no se llega a concretar la divulgación. Según Erazo, estas conductas también tienen consecuencias jurídicas: "Si alguien utiliza un video íntimo para presionar a la víctima, obligarla a entregar dinero o realizar alguna acción, podríamos estar frente a un delito de extorsión", afirmó.
Además, incluso sin que haya un beneficio económico, el solo hecho de constreñir a la persona para que actúe bajo la amenaza de revelar ese contenido puede dar lugar a investigaciones penales. En estos casos, también se debe acudir a la Fiscalía y aportar las pruebas disponibles, como mensajes de texto, llamadas grabadas o correos electrónicos donde se evidencie la amenaza.
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El experto advierte que los casos de filtración de videos íntimos han aumentado en los últimos años. El término más utilizado para describir estas situaciones es violencia digital, y suele afectar en mayor proporción a las mujeres. La Fiscalía ha implementado protocolos y unidades especializadas en delitos informáticos, pero la respuesta judicial puede ser lenta frente al impacto inmediato que sufren las víctimas, sobre todo en el retiro de contenidos de internet.
"Lamentablemente, la viralidad de las redes sociales juega en contra. Un video íntimo se puede replicar en cuestión de minutos y es muy difícil lograr que desaparezca por completo", explicó Erazo. Sin embargo, insistió en que la acción de tutela ha demostrado ser una herramienta eficaz para frenar la difusión y proteger los derechos fundamentales.
Víctimas de este tipo de delitos deben tener en cuenta que la Constitución colombiana respalda el derecho a la intimidad. El artículo 15 establece que todas las personas tienen derecho a su vida privada y a la protección de sus datos personales. Por eso, la filtración de un video íntimo configura un delito y una vulneración a este principio fundamental. El abogado recomienda a la ciudadanía ser conscientes de los riesgos que implica almacenar o compartir contenido íntimo en medios digitales.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co