La Sección Primera aceptó la tutela interpuesta por el congresista y aseguró que se violó su derecho al debido proceso.
El Consejo de Estado dijo que la Sección Quinta no podía anular su elección, pues ya se había fallado previamente en ese mismo tribunal la pérdida de investidura que, en primera instancia, le mantuvo la condición de congresista.
“Los principios que fundamentan la garantía de la prohibición del doble juzgamiento son los que, precisamente, resultaron desconocidos con la actuación del juez de instancia, si se tiene en cuenta que ya existía una decisión que, si bien había sido apelada, representaba la primera decisión con los efectos que ello implicaba”, aclaró el fallo del alto tribunal.
El Consejo de Estado había declarado nula la elección al Senado de Antanas Mockus debido a los contratos que firmó Corpovisionarios con el Estado.
Uno de los contratos que fue fundamental para que adoptara la decisión se firmó el 9 de noviembre de 2017 entre el Gobierno Nacional y Corpovisionarios, y tenía por objeto la implementación de un plan de construcción de paz.
Según el alto tribunal, Mockus violó la prohibición de contratar con el Estado en los 6 meses previos a los comicios.
En su defensa, Mockus señaló varias veces que desde 2006 delegó la representación legal de Corpovisionarios en el director ejecutivo y hace 12 años no firma un contrato.
Updated: julio 03, 2019 05:15 a. m.