La primera vuelta de las elecciones presidenciales de Colombia, realizada el pasado 31 de mayo de 2026, definió a los dos candidatos que avanzaran a la segunda vuelta electoral en la segunda vuelta programada para el 21 de junio. Tras el cierre de las urnas y el avance del preconteo, Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda se consolidaron como los aspirantes más votados, asegurando su paso a la etapa definitiva de la contienda electoral que elegirá al próximo presidente y vicepresidente para el periodo 2026-2030.
Con el panorama electoral cada vez más cerca, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Procuraduría General de la Nación explicaron nuevamente las reglas que estarán vigentes durante la jornada de la segunda vuelta presidencial del 21 de junio, en la que se limitará el uso de celulares y equipos de grabación dentro de los puestos de votación entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m. La medida hace parte de las disposiciones de orden público adoptadas para prevenir conductas que puedan afectar la transparencia del proceso electoral.
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¿Cómo funcionará medida de restricción de celulares en votaciones?
Las autoridades electorales señalaron que los ciudadanos no podrán utilizar teléfonos celulares, cámaras fotográficas ni equipos de video dentro de los puestos de votación entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde, horario establecido para el desarrollo de las elecciones. La medida también incluye la prohibición de manipular estos dispositivos dentro de los cubículos donde los votantes marcan su tarjeta electoral.
Según explicaron las entidades, esta restricción busca proteger la libertad del sufragio y evitar conductas que puedan afectar la transparencia del proceso democrático. El objetivo principal es impedir prácticas relacionadas con delitos electorales, entre ellos la corrupción al sufragante y el tráfico de votos, conductas que están tipificadas en la legislación penal colombiana.
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De acuerdo con las autoridades, la toma de fotografías o videos del voto puede convertirse en un mecanismo para demostrar la elección realizada por un ciudadano, situación que podría facilitar acuerdos ilegales relacionados con la compra de votos o presiones indebidas sobre los electores. Por esta razón, durante las horas de votación se mantendrá la restricción sobre el uso de dispositivos electrónicos en los lugares habilitados para sufragar.
Sin embargo, las restricciones no cobijan a todos los actores presentes durante la jornada electoral. La Registraduría y la Procuraduría informaron que los representantes de medios de comunicación debidamente identificados podrán utilizar equipos de registro audiovisual en el ejercicio de sus labores informativas. De igual manera, los funcionarios del Ministerio Público que hayan sido designados para cumplir tareas de vigilancia electoral estarán autorizados para utilizar estos dispositivos cuando sea necesario para el desarrollo de sus funciones.
Entre ellos se encuentran servidores de la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la Nación y las personerías municipales, quienes participan en labores de observación y control durante el proceso electoral. "De manera excepcional, podrán hacer uso de estos dispositivos los medios de comunicación debidamente identificados y los funcionarios del Ministerio Público", indicaron.
La única excepción para los votantes: presentar la cédula digital
La Registraduría aclaró que existe una excepción para los ciudadanos que cuentan con la cédula de ciudadanía digital. En estos casos, el teléfono celular podrá ser utilizado exclusivamente para mostrar el documento de identidad al jurado de votación al momento de verificar la información del elector.
Sin embargo, una vez cumplido este procedimiento, el dispositivo no podrá emplearse para tomar fotografías, grabar videos ni realizar otras actividades relacionadas con el proceso de votación dentro del puesto electoral. Las autoridades insistieron en que esta autorización tiene un alcance limitado y únicamente aplica para la identificación del ciudadano antes de ejercer su derecho al voto.
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"Es importante señalar que el uso del celular por parte de los ciudadanos solo estará permitido para mostrar al jurado de votación la cédula de ciudadanía digital al momento de ejercer su derecho al voto", explicaron.
Uso de celulares estará permitido después del cierre de las votaciones
Otro de los aspectos aclarados por las autoridades tiene que ver con el papel de los testigos electorales y observadores acreditados. Según lo informado, una vez finalice el horario de votación y se cierren las urnas a las 4:00 de la tarde, sí estará permitido el uso de celulares, cámaras fotográficas y equipos de video por parte de estos actores.
La medida busca facilitar las labores de seguimiento y observación del escrutinio de mesa, una etapa fundamental dentro del proceso electoral. Los testigos electorales, acreditados por las campañas políticas, y los observadores autorizados podrán documentar las actividades que se desarrollen después del cierre de la votación, siempre dentro de las normas establecidas para la jornada.
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VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co